Jueves, 19 de Septiembre 2024

LFT: este es el contrato que ya NO debes firmar al ser ilegal

La Ley Federal del Trabajo establece los derechos y obligaciones tanto de los empleados como los empleadores y para evitar prácticas abusivas, te contamos qué contratos no deberías de firmar

Por: Melissa Sheherezade Morales Moya

Los trabajadores que recién empiezan en el mundo laboral necesitan conocer qué contratos son lo que no deberían de firmar más de una vez. Unsplash.

Los trabajadores que recién empiezan en el mundo laboral necesitan conocer qué contratos son lo que no deberían de firmar más de una vez. Unsplash.

La Ley Federal de Trabajo (LFT) establece los derechos y obligaciones de todos los trabajadores y patrones. De acuerdo con ésta, el trabajo es un derecho y un deber social que exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta. En ese sentido, la LFT también vela por el beneficio de los y las trabajadoras mexicanas como para los empleadores.

Un contrato sirve para establecer o formalizar un acuerdo entre dos o más partes que se comprometen a cumplir una serie de obligaciones o requerimientos. En él se estipulan tanto los derechos y obligaciones de los empleados, como los requerimientos de la empresa. Existen distintos tipos de contratos, pero principlamente, cualquier trabajador se topara con un contrato de prueba.

En los contratos de prueba se establece un tiempo determinado de empleo para el nuevo colaborador y así se asegura de que la relación laboral sea conveniente para ambos.

¿Cuánto tiempo puedo estar a prueba en un trabajo?

La LFT reconoce el periodo de prueba establecido en el artículo 39-A, el cual tiene una duración máxima de 30 días. En este periodo, el candidato debe demostrar que posee las cualidades deseadas para desempeñar el puesto de trabajo.

Pese a que la ley es clara y transparente, aún hay quienes llevan malas prácticas que perjudican a los trabajadores, por ejemplo, extender los contratos de prueba una y otra vez.

Debes saber que, si bien, los contratos de prueba sí están permitidos, tiene una duración máxima y es que el contrato de prueba puede ir de 3 a 6 meses, pero bajo ninguna circunstancia puede durar más de 180 días, por lo que si te lo ofrecen debes saber que no están operando bajo la Ley. 

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