Jueves, 21 de Noviembre 2024

LFT: ¿Qué hacer en caso de un despido injustificado?

Para realizar una reclamación ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo se requieren documentos muy importantes, así que toma nota

Por: Elsy Angélica Elizondo

La ley indica que si el trabajador no recibe un aviso se presumirá que la separación del empleo es injustificada. Unsplash

La ley indica que si el trabajador no recibe un aviso se presumirá que la separación del empleo es injustificada. Unsplash

La rescisión laboral es la terminación voluntaria del contrato laboral entre el patrón y el trabajador, pero para que un despido sea considerado justificado el patrón debe notificarle al trabajador por escrito la causa de terminación, sino se considera injustificado. Te contamos lo que se debe hacer en caso de que te suceda.

Entonces, lo primero que debes hacer es reclamar tu indemnización constitucional, que es equivalente a tres meses de salario, prima de antigüedad y partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y prestaciones pendientes, además de tener la opción de demandar tu reinstalación en el puesto bajo los mismos términos y condiciones. 

Para presentar una reclamación ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) y proceder con la queja se necesitan varios documentos como:

  • El contrato individual colectivo de trabajo o contrato ley.
  • Los comprobantes de tu salario.
  • El aviso de inscripción al instituto mexicano del Seguro Social.
  • Identificación oficial y otros documentos relacionados con la relación laboral.
  • Fotocopias de la credencial de elector de tres personas que no sean familiares, pues estas serán como testigos en el proceso.

Si necesitas orientación puedes llamar al 01-800-911-7877 y 01-800-717-2942 sin costo desde el interior de la República, en un horario de atención de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas. 

El buzón de voz se encuentra disponible de 20:01 a 07:59 horas y fines de semana. 

¡Ojo! No te deben despedir sin avisar

Es importante que todo trabajador sepa que no puede ser despedido sin aviso previo del patrón, ya que si sucede incurriría en una falta a la Ley Federal del Trabajo (LFT): “El patrón que despida a un trabajador deberá darle aviso escrito en el que requiera claramente la conducta o conductas que motivan la rescisión y la fecha o fechas en que se cometieron”, señala el artículo 47 de la LFT subsección XV. 

Por lo tanto, la ley indica que si el trabajador no recibe un aviso personal o del tribunal correspondiente, se presumirá que la separación del empleo es injustificada, a menos que se pruebe lo contrario. En el caso de un despido injustificado, el trabajador tiene un periodo de dos meses para presentar una demanda

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