El próximo 16 de septiembre está establecido por la Ley Federal del Trabajo como un día de descanso obligatorio, sin embargo, mientras algunos trabajadores se encuentren descansando con motivo del Día de la Independencia, habrá quienes se presenten a laborar.Ante este tipo de situaciones, debes saber que la Ley también apoya al trabajador y te diremos de qué se trata.Si este próximo 16 de septiembre estás en la situación de tener que presentarte a trabajar siendo un día obligatorio de descanso establecido por la Ley Federal del Trabajo es importante que tomes en cuenta que se te debe pagar un extra y la misma Ley lo establece en su Artículo 75.En este Artículo se dicta que las y los trabajadores que se presenten a cumplir con sus obligaciones en un día de descanso oficial, tienen derecho a que se les pague un salario doble por los servicios prestados adicional a su salario regular, esto equivale a un pago triple.Además debes saber que si un día feriado coincide con el día de descanso semanal, domingo, tu jefe deberá pagarte la prima dominical y así lo establece el Artículo 71 de esta misma Ley."Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo."Ahora que sabes esto, no olvides que es tu derecho como trabajador recibir pago triple por prestar tus servicios en los días oficiales de descanso y en caso de que coincida con el descanso semanal, también eres acreedor a tu prima dominical.Si llega a presentarse el caso de que tu jefe no respete este derecho que tienes como trabajador, busca asesoría y apoyo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, están para brindarte orientación de manera gratuita.Contáctalos llamando al 800 717 2942 y 800 911 7877 o vía correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx YC