Los salarios bajos y la falta de oportunidades laborales o de crecimiento profesional, han orillado a muchas personas a abrirse una cuenta en plataformas para vender contenido explícito en internet, ejemplo de ello es la plataforma OnlyFans. Sin embargo, existe la duda de qué puede pasar con el empleo actual si descubren que tienes este tipo de plataforma.Al momento de abrir este tipo de cuentas es importante asumir y conocer todos los riesgos que se corren. Desde que el material que subas se filtre por otros usuarios, así como el hecho de que siempre quedará en Internet, por lo que si un día decidieras que ya no quieres ser parte de eso, sería difícil deshacerse de la "evidencia".En México, los riesgos van un poco más allá y pueden afectar tu vida laboral, entonces, ¿me pueden despedir si me encuentran en OnlyFans? la respuesta no es tan sencilla, pues dependerá de diversos factores y para ello habría que ver qué dice la Ley Federal de Trabajo (LFT).Primeramente, si tu jefe quiere despedirte por esto, seguramente trate de hacerlo basándose en "la falta de honradez", concepto que equivale a despido justificado en la LFT, pero antes de entrar en pánico, veamos qué dice exactamente.El artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo en sus numerales de 2 al 4 señala como una causa de despido justificado lo siguiente:En ese sentido, la "falta de honradez" únicamente debe afectar a compañeros de trabajo, la empresa o que la actividad impida las labores para las cuales la persona fue contratada. Por tanto, si el contenido que subiste, no fue generado en horario laboral, dentro de las instalaciones o en las imágenes no aparecen logos o referentes al lugar de trabajo, no hay motivos justificados dentro de la LFT para que la persona sea despedida.En caso de que el patrón decida que lo mejor para la imagen de la empresa es que esa persona que tiene contenido en plataforma para adultos se vaya, se convertiría en despido justificado y deberá indemnizarse conforme lo establece la LFT.Cabe mencionar que actualmente no hay políticas en la Ley que protejan a los trabajadores sobre la era digital, en materia de divulgación de contenido subido de tono por su cuenta.Mantente al tanto de las noticias y únete a nuestro canal de WhatsApp.MM