Viernes, 08 de Noviembre 2024
México | LFT

La Ley Silla es aprobada en la Cámara de Diputados

La reforma a la Ley Federal del Trabajo prohibirá obligar a los empleados a laborar de pie toda la jornada

Por: SUN .

La reforma contempla prohibir a los patrones no permitan a los trabajadores tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones. EL INFORMADOR / ARCHIVO

La reforma contempla prohibir a los patrones no permitan a los trabajadores tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Este miércoles 2 de octubre, la Cámara de Diputados, con unánime, aprobó reformar la Ley Federal del Trabajo (LFT) para obligar a los patrones a proveer de sillas a sus trabajadores para que tengan descansos periódicos.

Fue avalada en fast track con 476 votos a favor y cero en contra, ya que la iniciativa fue presentada hoy y se le dispensaron todos los trámites, por lo que no tuvo que ir a comisiones para que la dictaminaran y se votó de inmediato. Fue enviada al Senado de la República para continuar el proceso legislativo.

Esta misma reforma fue aprobada por el Senado de la República en febrero pasado y la minuta fue enviada a la Cámara Baja; ahí, la Mesa Directiva la turnó a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para que realizara el dictamen, pero no prosperó el proyecto, por lo que al terminar la LXV Legislatura, fue desechado.

La reforma también contempla prohibir a los patrones que obliguen a sus trabajadores a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral y prohibirles tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones.

"Que el patrón le quede prohibido tener esa en esas condiciones a miles, quizás millones de trabajadoras y trabajadores que se encuentran en estas condiciones, y que con el tiempo las enfermedades se les acumulan problemas de salud graves, en la circulación, en las varices y en otras enfermedades, que con los años se tienen", dijo Ricardo Monreal.

Así como proveer el número suficiente de asientos o sillas con respaldo a disposición de todas las personas trabajadoras en los sectores de servicios, comercio y centros de trabajo análogos, para la ejecución de sus funciones o para el descanso periódico durante la jornada laboral.

En un artículo transitorio, la iniciativa establece que las empresas contarán con un plazo de 180 días contados a partir de la entrada en vigor del decreto para adecuar su normativa interna para dar cumplimiento a lo establecido.

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