Viernes, 22 de Noviembre 2024

Estos puentes de 2024 llegarán con pago extra por trabajar

En México, los días feriados o festivos, conocidos también como puentes, son aquellos en los que no se lleva a cabo labor alguna; esto deben saber los trabajadores

Por: Oralia F. López

Los trabajadores que deban laborar de manera habitual durante un día de puente, tienen derecho a recibir el pago de un salario triple. ESPECIAL / EL INFORMADOR

Los trabajadores que deban laborar de manera habitual durante un día de puente, tienen derecho a recibir el pago de un salario triple. ESPECIAL / EL INFORMADOR

En México, los días feriados o festivos, conocidos también como puentes, son aquellos en los que no se lleva a cabo labor alguna, considerándolos como de asueto y de descanso obligatorio.

Los trabajadores y estudiantes tienen derecho a descansar en estos días libres. Sobre eso, la Ley Federal del Trabajo (LFT), en su artículo 74, establece que estos son los días de descanso obligatorio:

  • El 1 de enero por Año Nuevo
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  • El 1 de mayo por el Día del Trabajo
  • El 16 de septiembre por la Independencia
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  • El 1 de octubre, cada seis años, por la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
  • El 25 de diciembre por Navidad
  • Aquellos que determinen las leyes federales y locales electorales, para las elecciones ordinarias, con el propósito de llevar a cabo la jornada electoral

Algunas empresas otorgan a los trabajadores dos días de descanso con motivo de la Semana Santa, sin embargo, estos no son obligatorios en la LFT.

¿Qué sucede si las personas trabajan en un día de puente?

De acuerdo con el artículo 75 de la LFT, tanto empleadores como trabajadores deben determinar la cantidad de los segundos que prestarán sus servicios en el día feriado.

Los trabajadores que deban laborar de manera habitual durante un día de puente, tienen derecho a recibir, además del salario correspondiente al descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, deben recibir el pago de un salario triple.

Además, si un día de descanso obligatorio coincide con un domingo, el empleador deberá pagar a los trabajadores la prima dominical, según lo estipulado en el artículo 71 de la LFT.

En resumen, los trabajadores recibirán el triple del salario por laborar en un día de descanso obligatorio, más la prima dominical, en caso de que corresponda.

Y en caso de que se labore en los días de Semana Santa, estos no conllevan un pago extra.

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