Domingo, 25 de Agosto 2024

LFT: ¿Cuántos días festivos habrá en agosto 2024?

A las y los trabajadores que deban laborar en un día festivo se les deberá pagar su salario diario más un pago equivalente a un salario doble

Por: El Informador

Los días feriados oficiales se encuentran en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo. ESPECIAL/SUN/ARCHIVO/PIXABAY.

Los días feriados oficiales se encuentran en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo. ESPECIAL/SUN/ARCHIVO/PIXABAY.

El mes de agosto está a punto de comenzar, por lo que algunas mexicanas y mexicanos se preguntan cuáles son los días festivos que habrá en los próximos días.

Los días feriados oficiales se encuentran en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y durante esos días, las instituciones gubernamentales, oficinas y escuelas, entre otros organismos, suspenden sus actividades, sin embargo, aquellos que deban laborar en un día festivo se les deberá pagar su salario diario más un pago equivalente a un salario doble, es decir el triple de su paga. 

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Para este mes de agosto no hay ningún día de descanso oficial, por lo que si las y los trabajadores necesitan un descanso adicional deberán solicitarlo a sus respectivos patrones, pero como parte de sus vacaciones. 

En ese sentido el próximo día feriado según la LFT es hasta el 16 de septiembre, que será lunes, es decir habrá puente, con motivo de la Independencia de México.

Las y los trabajadores que tengan que laborar este día deberán recibir su pago triple como se mencionó anteriormente, sin embargo, si esto se incumple pueden realizar una queja ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, en los números telefónicos 01800 911 7877 y 01 800 717 2942 o a través del correo orientacionprofedet@stps.gob.mx.

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De acuerdo la LFT los días son de descanso obligatorio son los siguientes:

  1.  El 1o. de enero;
  2.  El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  3.  El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  4. El 1o. de mayo
  5. El 16 de septiembre
  6.  El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  7.  El 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
  8.  El 25 de diciembre, y
  9. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral. 

NA

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