Viernes, 22 de Noviembre 2024

¿Cuántos años de prisión serán a tu empleador si te hacen trabajar más de las 48 horas?

En la Ley Federal del Trabajo se señala que en México, los trabajadores o pueden superar el tiempo de jornada laboral

Por: Melissa Sheherezade Morales Moya

Datos del Instituto Mexicano del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), tres de cada 10 trabajadores tienen jornadas superiores a las 48 horas por semana. EL INFORMADOR/ ARCHIVO.

Datos del Instituto Mexicano del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), tres de cada 10 trabajadores tienen jornadas superiores a las 48 horas por semana. EL INFORMADOR/ ARCHIVO.

La jornada laboral de 40 horas es una de las propuestas más comentadas, ya que se propuso desde el pasado octubre del 2022, por la Diputada Susana Prieto; sin embargo, es fecha que aún no se conoce su resolución; pero afortunadamente hay otras reformas que se están aprobando que también velan en pro de los trabajadores.

Hace poco se aprobó una reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) para la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de Víctimas. En ella se propone que se tratará de delito de explotación laboral a quienes excedan la jornada laboral establecida por la ley.

Según lo establecido en la reforma que se aprobó en la Cámara de Diputados, los patrones que impongan jornadas labores mayores a las 48 horas permitidas por semana, recibirán hasta 12 años de prisión.

El objetivo de esta reforma es reducir la explotación laboral. Datos del Instituto Mexicano del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), tres de cada 10 trabajadores tienen jornadas superiores a las 48 horas por semana. 

En la Ley Federal del Trabajo (LFT) se señala que en México, los trabajadores o pueden superar el tiempo de jornada laboral establecida: 8 horas en jornada diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta.

En caso de exceder la jornada, el patrón debe pagar horas extras. Éstas se pagan al doble de las horas regulares, y debe multiplicarse por los días en que excedes tu horario laboral.

Recuerda que la jornada de trabajo no puede prolongarse más de tres horas diarias ni de tres veces en una semana. Si deseas cumplir con horas extras voluntariamente sólo puedes hacerlo por un máximo de nueve a la semana.

MM

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