Entre las prestaciones que tiene un trabajador en el sector formal es el aguinaldo. Éste es un derecho de las y los trabajadores establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT) en el Artículo 87. Actualmente dicta que todas las personas trabajadoras tienen derecho a recibir, cada año, un aguinaldo que deberá pagarse antes del 20 de diciembre y equivalente a 15 días de salaria, como mínimo.Actualmente ha surgido una iniciativa presentada por Manuel Baldenebro Arredondo, integrante del partido de Morena y presidente de la Comisión del Trabajo en la Cámara de Diputadas que sugiere incrementar el aguinaldo al doble, es decir que se calcule 30 días de salario, ¿te imaginas?Cabe señalar que este beneficio, conocido como "Aguinaldo Digno" aún no se aprueba, pero ya hay mucha curiosidad respecto a cómo funcionaría. En caso de que esta iniciativa se apruebe, México podría estar a la par de países que proporcionan aguinaldo doble como Argentina, Colombia y Ecuador.De ser aprobada, los trabajadores del sector privado podrían recibir un aguinaldo doble si cumplen con estos requisitos:Sin duda alguna, la propuesta tiene un propósito muy positivo, sin embargo, también generaría un impacto que no le beneficiaría a micro y medianas empresas, pues algunas de ellas podrían no alcanzar a cubrir el aguinaldo.Actualmente los requisitos para recibir el aguinaldo son prácticamente los mismos. Sin embargo, quienes aún no tienen un año entero con el mismo patrón, se debe cumplir un aguinaldo proporcional, que corresponda con los meses laborados durante el año.El aguinaldo estándar se consigue al calcular tu salario promedio diario (divide el salario mensual entre los días del mes) para después multiplicarlo con la cantidad de días estipulados por ley: 15 como mínimo, siempre y cuando hayas trabajado por el año completo.Aquellas personas contratadas por honorarios no tienen derecho a recibir su aguinaldo. La ley explica que a menos que exista una subordinación laboral mediante la prestación de servicios permanentes a un sólo patrón y obligatoriamente cubra un horario de trabajo con duración de la jornada máxima legal de 8 horas o reciba instrucciones de un superior inmediato y tenga un lugar fijo de trabajo dentro de la empresa o establecimiento se podría tener aguinaldo.