Lunes, 06 de Enero 2025

¿Quitarán el tiempo de comida si se aprueba la Jornada laboral de 40 horas?

De implementarse esta reforma, representará un avance significativo para garantizar un equilibrio más justo entre el trabajo y la vida personal de los mexicanos

Por: Brenda Barragán

Mientras se define su aprobación, es esencial que tanto empleados como empleadores conozcan los derechos y obligaciones que derivarían de esta medida. CANVA

Mientras se define su aprobación, es esencial que tanto empleados como empleadores conozcan los derechos y obligaciones que derivarían de esta medida. CANVA

La posibilidad de establecer una jornada laboral de 40 horas semanales en México está más cerca de materializarse. Esta iniciativa, que será analizada este año como parte de las reformas a la Ley Federal del Trabajo (LFT), promete mejorar el balance entre la vida personal y profesional de los trabajadores, pero también supone desafíos significativos para las empresas.

Detalles de la iniciativa

De aprobarse la propuesta, la carga laboral semanal se reduciría de 48 a 40 horas, distribuidas en cinco días, con descanso obligatorio los fines de semana. Esta medida, que ha generado expectativa entre los trabajadores, busca otorgar más tiempo libre sin afectar los derechos ya establecidos, como los períodos de comida durante la jornada laboral.

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¿Qué sucederá con los tiempos de comida?

La reforma no elimina el derecho al descanso para comer. Según lo estipulado en el artículo 63 de la LFT, los empleados que realizan una jornada continua tienen garantizado al menos 30 minutos de descanso para comer. En turnos más largos, el derecho se amplía a una hora de pausa por cada seis horas trabajadas.

Es importante destacar que este tiempo de comida no forma parte de la jornada laboral, por lo que no es remunerado, salvo que exista un acuerdo en el contrato colectivo de trabajo o por decisión directa del empleador.

Descansos según el tipo de jornada

El tiempo de comida varía dependiendo de la naturaleza del horario laboral:

  • Jornadas diurnas: En horarios de 6 a 8 horas, se otorgan al menos 30 minutos de descanso, aunque algunas empresas pueden ofrecer tiempos más extensos dependiendo de sus políticas internas.
  • Jornadas nocturnas: Para horarios nocturnos, que oscilan entre 7 y 7.5 horas, también se contempla este período de pausa.
  • Jornadas mixtas: En turnos que combinan horas diurnas y nocturnas, sin exceder las 7.5 horas, los trabajadores tienen el mismo derecho a 30 minutos de descanso.

¿Qué hacer si no se respeta este derecho?

En caso de que el empleador incumpla con el tiempo de comida estipulado, los trabajadores pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir asesoría o presentar una denuncia formal.

La reducción de la jornada laboral ofrecería más tiempo a los trabajadores para descansar, convivir con sus seres queridos o dedicarse a actividades personales. Por otro lado, las empresas tendrán que adaptar sus esquemas operativos, lo que podría implicar reestructurar turnos o contratar más personal para mantener la productividad.

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BB

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