La pandemia de COVID-19 obligó a muchas compañías a implementar el Home Office o teletrabajo. Recientemente se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de México la nueva Norma Oficial Mexicana 037 sobre trabajo remoto. El 8 de junio de este año se publicó la nueva Norma Oficial Mexicana 037. A través de esta norma, se establece una serie de obligaciones que las empresas y los empleadores deben cumplir con sus empleados en caso de que trabajen fuera de la oficina.Algunas obligaciones incluyen proporcionar las herramientas necesarias para realizar el trabajo, como sillas, computadoras, conexión a internet, contribuir con el pago de la electricidad, proporcionar impresoras, tinta y cualquier otra herramienta necesaria.Según la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS), la nueva Norma Oficial Mexicana 037 entrará en vigor 180 días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Esto significa que comenzará a regir a partir del martes 5 de diciembre de 2023.Dentro de lo estipulado en la reforma reconoce el derecho a la desconexión digital, se exige contar con un lugar de trabajo adecuado y seguro, se establece que los trabajadores en modalidad de teletrabajo tienen los mismos derechos que los que trabajan en la oficina y se enfatiza la importancia de asistir a reuniones, tanto presenciales como virtuales, para evitar el aislamiento.La norma también garantiza el respeto a la privacidad, prohibiendo a las empresas utilizar mecanismos invasivos para verificar la disponibilidad o conexión de los empleados en teletrabajo.Sin embargo, es importante señalar que, según lo establecido en la nueva Norma Oficial Mexicana 037, las empresas solo estarán obligadas a cumplir con estas condiciones si los empleados realizan al menos el 40% de sus actividades laborales en modalidad de teletrabajo.CR