Viernes, 22 de Noviembre 2024

Ordena juez suspender proceso penal contra 'El Güero' Palma por homicidio

Héctor Palma Salazar solicitó la protección de la justicia contra el auto de formal prisión que se le declaró por el asesinato de Juan Castillo Alonso

Por: SUN .

Palma Salazar solicitó la protección de la justicia al Juzgado Tercero de Distrito de Jalisco. SUN

Palma Salazar solicitó la protección de la justicia al Juzgado Tercero de Distrito de Jalisco. SUN

Por el asesinato del subdirector del penal federal de Puente Grande, Juan Castillo Alonso, ocurrido en el año 2000, un juez de amparo ordenó suspender el proceso penal que se sigue contra el capo Héctor Palma Salazar, "El Güero", una vez cerrada la instrucción.

Hasta que el juez segundo de lo criminal de Jalisco, que lleva la causa penal, sea notificado de la resolución del amparo que el exmando del Cártel de Sinaloa tramitó contra el auto de formal prisión que se le dictó en mayo por este caso que le impidió salir en libertad del penal de Altiplano.

En la segunda semana de junio, Palma Salazar solicitó la protección de la justicia al Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan, contra el auto de formal prisión que se le declaró por el asesinato de Castillo Alonso.

Por lo que, "con el fin de evitar que se consumen irreparablemente las violaciones reclamadas en el procedimiento respectivo", el Juzgado Tercero de Distrito de Amparo ordenó hacer del conocimiento del juez segundo de lo criminal que "deberá suspender el procedimiento en la causa penal, una vez cerrada la instrucción, hasta que sea notificado de la resolución que resuelva el presente juicio de amparo".

"En el entendido de que lo anterior, solo implica suspender el procedimiento de origen de donde emana el acto reclamado a fin de que como se dijo, no quede consumado; por ende, al no tratarse propiamente de la suspensión del acto reclamado 'vinculación a proceso' sino del procedimiento del que deriva, debe decretarse en el cuaderno principal; máxime que ello es una obligación que expresamente impone a la responsable la Ley de Amparo", determinó.

CR

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