El exlíder nacional del Morena y expresidente de la Comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados, Alfonso Ramírez Cuéllar, propuso realizar un periodo extraordinario, antes de que concluya la 64 Legislatura, y se modifique la Ley de Ingresos 2021 para que, como medida precautoria, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) establezca una regulación provisional de los precios del gas LP, y la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) concluya con el procedimiento para declarar las condiciones de competencia."Lo anterior, permitirá que el Paresidente pueda implementar rápidamente medidas de apoyo para las y los ciudadanos para contener el aumento desmedido en el precio de este combustible, y no esperar meses para la declaratoria de falta de condiciones de competencia por parte de la Cofece, la aprobación de las modificaciones a la Ley de Ingresos debe ser de forma paralela a la constitución de Gas Bienestar y las investigaciones de la Cofece ", señaló el legislador.Ramírez Cuéllar dijo que dicha facultad se había establecido previamente en los ejercicios fiscales de 2017 a 2019, en la Ley de Ingresos de la Federación (LIF); sin embargo, a partir del ejercicio fiscal de 2020, la LIF dejó de hacer referencia a esta medida precautoria, por lo que actualmente resulta indispensable esperar a que Cofece, en su caso, emita la declaratoria de ausencia de competencia para que la CRE haga uso de la facultad de regular precios.Explicó que actualmente, el proceso para poder establecer la regulación en los precios consiste en una solicitud a la Comisión Federal de Competencia Económica por parte de la Secretaría de Energía o la CRE, para que "evalúe la existencia de condiciones de competencia efectiva y, en su caso, que emita la declaratoria correspondiente"; una vez que la Cofece declare que no hay condiciones de competencia económica, la Secretaría de Economía fija los precios máximos y la Profeco verifica que se cumplan.En relación con lo anterior, el artículo 9 de la Ley Federal de Competencia Económica señala que en los términos del artículo 28 constitucional, para la imposición de precios máximos a los bienes y servicios que sean necesarios para consumo popular, corresponde exclusivamente al Presdiente de México determinar mediante decreto los bienes y servicios que podrán sujetarse a precios máximos, siempre y cuando no haya condiciones de competencia efectiva en el mercado relevante de que se trate.Para lo anterior, la Cofece habrá de determinar mediante declaratoria que no existen condiciones de competencia efectiva."El proceso puede ser tardado, por ello, es indispensable que las y los diputados aprueben la reforma a la Ley de Ingresos para que el Presidente pueda actuar rápidamente", puntualizó el diputado.Por otro lado, es importante destacar que la Cofece ha emplazado a varias empresas y personas físicas por su probable responsabilidad en posibles prácticas monopólicas absolutas y acuerdos ilegales para manipular precios en prácticas anticompetitivas para repartirse el mercado de la distribución y comercialización del gas LP en México.Ramírez Cuéllar reiteró que es urgente que se tomen medidas para detener el abuso de las empresas distribuidoras de gas LP y con ello poner un alto al incremento desmedido de sus precios. En particular, aplaudió a la decisión que tomó AMLO de crear una empresa, Gas Bienestar, para distribuir gas a precio justo, sin que las empresas particulares dejen de participar. Lo anterior, mientras se establecen las condiciones para poner un precio máximo y se sigue incentivando la competencia en este mercado.JM