Jueves, 26 de Diciembre 2024

El INE advierte a AMLO: debe cumplir la ley en "mañaneras" o habrá sanciones

El organismo electoral señaló que López Obrador debe respetar la veda electoral y dejar de promover logros gubernamentales.

Por: SUN .

EFE/J. Méndez

EFE/J. Méndez

El Instituto Nacional Electoral (INE) advirtió que el Presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) debe cumplir con la ley o será acreedor de una amonestación pública.

Con ello, el INE apercibió al Presidente López Obrador para que ajuste su conducta a lo que ha ordenado la Comisión de Quejas y Denuncias, que el pasado 19 de abril resolvió sendas quejas presentadas por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y por Movimiento Ciudadano (MC), con motivo de las declaraciones realizadas por AMLO en la conferencia de prensa matutina del pasado 16 de abril.

"Sin embargo, al día siguiente, durante la conferencia matutina del martes 20 de abril, el Presidente de México volvió a realizar pronunciamientos relacionados con propaganda gubernamental y de índole electoral, lo que motivó que en esa misma fecha se presentara otra queja por el incumplimiento a la medida cautelar dictada por la Comisión de Quejas un día anterior", detalló el INE.

Agregó que ante los hechos, este jueves la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE), área encargada de conocer sobre posibles incumplimientos de alguna medida cautelar, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, consideró que las expresiones y posicionamientos realizados por AMLO en la conferencia matutina del 20 de abril actualizan un posible desacato a la medida cautelar indicada, al versar sobre acciones y logros de gobierno, así como cuestiones de índole electoral, por lo que determinó:

"Se considera justificado, oportuno y necesario ordenar al Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, ajuste su conducta a lo ordenado por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, mediante Acuerdo ACQyD-INE-68/2021, apercibido que, de no hacerlo, se le impondrá como medida de apremio una amonestación pública, con fundamento en lo establecido en el artículo 41, numeral 1, en relación con el artículo 35, numeral 1, fracción I, del Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral".

La conducta denunciada el 20 de abril, añadió el INE, se suma a otros antecedentes y quejas presentadas por diversas fuerzas políticas. Una vez que se obtengan las respuestas a los requerimientos descritos, se enviará el expediente a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para que sea quien finalmente determine si existió o no desacato a la medida cautelar ordenada por esta autoridad y se pronuncie sobre el fondo de las conductas denunciadas.

JM

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