La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señaló que cuando una mujer sufre de una agresión sexual, ya sea por su esposo, novio, familiar, amigo o persona desconocida, su testimonio tiene un valor preponderante y debe juzgarse con perspectiva de género.Expuso que los juzgadores deben ser sensibles a la situación de vulnerabilidad de la víctima, como edad, condición social, pertenencia a un grupo vulnerable o históricamente discriminado.Mediante una infografía publicada en su cuenta @SCJN de Twitter, el máximo órgano judicial señaló que la narración de la víctima puede tener inconsistencias o variaciones dado que se trata de una agresión traumática.Además, dichas agresiones suceden en la secrecía, no hay pruebas gráficas o documentales, por lo que su declaración se analizará en conjunto con los elementos probatorios existentes, como dictámenes médicos y psiquiátricos, testimonios, exámenes médicos, pruebas circunstanciales, indicios y presunciones.La declaración de la víctima de violencia sexual debe constituir una prueba fundamental, concluyó.GC