Viernes, 22 de Noviembre 2024

Defienden magistrados decisión de incorporar al "Bronco"

Consideran que si el INE hubiese permitido revisar las firmas habría alcanzado el 1.9 por ciento de apoyos que le faltaba para llegar al umbral requerido

Por: El Informador

"El tribunal no hace política", señalaron los magistrados José Luis Vargas Valdez, Felipe Fuentes Barrera y Mónica Aralí Soto. SUN/I. Stephens

Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) defendieron su decisión de incorporar a la boleta electoral a Jaime Rodríguez Calderón, el "Bronco", candidato independiente a la Presidencia de la República.

En rueda de prensa, tres de los magistrados que votaron a favor de esta resolución consideraron que existen elementos de prueba para pensar que el "Bronco" podría haber alcanzado el número de firmas para obtener su registro como candidato independiente.

Reconocieron que Rodríguez Calderón sí tuvo oportunidad de defenderse, pero lo hizo a ciegas porque la aplicación no guardaba un registro de las firmas que le permitieran hacer un contraste de información, de lo que culparon al Instituto Nacional Electoral (INE).

Los magistrados Felipe Fuentes Barrera, José Luis Vargas Valdez y Mónica Aralí Soto Fregoso consideraron que el INE actuó erróneamente al eliminarle apoyos al gobernador con licencia de Nuevo León.

José Luis Vargas Valdés sostuvo que existen los elementos de prueba de que Rodríguez Calderón habría alcanzado los 16 mil 656 apoyos para obtener el registro.

Lo anterior, explicó, si se le hubiera permitido revisar las más de 300 mil firmas y subrayó que las inconsistencias no estaban dentro de los muertos como lo denunció el consejero del INE, Ciro Murayama.

Subrayó que su decisión se limitó a decidir si el aspirante Jaime Rodríguez Calderón le fue respetado plenamente su derecho a verificar si alcanzó el número de respaldos necesarios para poder ser candidato independiente a la Presidencia de la República.

Señaló que es del conocimiento público que hay en otras instancias, penales y administrativas, cuestionamientos de otra naturaleza sobre las que "no nos pronunciamos en esta sentencia, pero que siguen su curso y habrán de resolverse en otro momento".

Indicó que en este caso sólo se revisaron las pruebas aportadas por el quejoso y los informes de la autoridad electoral para ver si el aspirante a candidato había reunido los apoyos ciudadanos suficientes.

Y agregó: "llegamos al convencimiento de que cada vez que se revisaron estos apoyos el aspirante recuperó respaldos eliminados indebidamente por el Instituto Nacional Electoral".

Comentó que el "Bronco" asistió 12 veces a revisar sus apoyos a diferencia de otros casos que también fueron juzgados, y en cada una de esas visitas el aspirante recuperó entre 5 y 25 por ciento de apoyos, aun cuando nunca supo en qué radicaban las inconsistencias que le señalaba el INE.

De este modo, el Tribunal consideró que si se hubiesen revisado los 418 mil 494 apoyos en su totalidad, como lo pedía el aspirante y no autorizó el INE, es evidente que hubiera podido recuperar el 1.9 por ciento de apoyos que le faltaba para llegar al umbral requerido.

Por su parte, el magistrado Felipe Fuentes Barrera manifestó que el Tribunal no hace política, por lo que hizo un llamado a los actores políticos y a las autoridades a conducirse con apego a la ley y ser sensibles con la crítica.

Asimismo, mencionó que independientemente de la resolución, las investigaciones que iniciaron las autoridades administrativas y judiciales siguen su curso.

En su oportunidad, la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso aseveró que la sentencia está sustentada en estándares internacionales, así como en el artículo primero de la Constitución Política, al tiempo que destacó que la política en orden electoral debe sujetarse a la ley y no la ley a la política. 

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