Lunes, 25 de Noviembre 2024

Corte determina otorgar pensión por viudez sin distinción de género

Ministros determinaron que este beneficio se debe brindar en términos iguales a hombres y mujeres, o de lo contrario se estaría discriminando

Por: SUN

Magistrados discutieron la Ley del Instituto Municipal de Pensiones del Estado de Chihuahua, que sólo permitía pensionar a los viudos cuando demostraran que tenían alguna discapacidad. NTX/ARCHIVO

Magistrados discutieron la Ley del Instituto Municipal de Pensiones del Estado de Chihuahua, que sólo permitía pensionar a los viudos cuando demostraran que tenían alguna discapacidad. NTX/ARCHIVO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que en el estado de Chihuahua se exija a los hombres que acrediten tener una discapacidad para cobrar una pensión por viudez.  

Durante la sesión del Pleno de la Corte, los ministros determinaron que las pensiones por viudez deben darse en términos iguales a hombres y mujeres porque, de lo contrario, se estaría discriminando y reforzando estereotipos de género.  

La Ley del Instituto Municipal de Pensiones del Estado de Chihuahua establece que el hombre sólo puede gozar de la pensión por viudez y servicios médicos cuando se encuentre incapacitado física o mentalmente y que además no pueda trabajar, lo que no se le exige a las mujeres.  

Por ello, la SCJN declaró inconstitucionales los artículos que establecen esta obligación para los hombres. "La distinción establecida en los artículos impugnados no está fundada en algún criterio objetivo que justifique la distinción en el trato entre hombres y mujeres sino que parte de la premisa de que el viudo o concubinario en principio no deben recibir una pensión por viudez en función de los roles tradicionales de género y que esta regla solo se debe romper si acredita que existen condiciones que le impiden acoplarse a dichos roles", dijo la ministra Norma Lucía Piña Hernández.
 
Los ministros indicaron que este tipo de legislaciones ponen en desventaja al hombre frente a la mujer y reafirman esquemas de discriminación por razón de género además de fomentar estereotipos.  

"Es primero una discriminación de género pero contra el varón, contra el hombre, sin embargo no es tal, esta discriminación va también contra la mujer porque repite esta cuestión de roles establecidos. Es decir, si es el hombre el que fallece, a la viuda se le entrega la pensión sin mayor requisito, pero si es al revés pareciera ser que el hombre sí tiene la capacidad de seguir trabajando y por lo tanto el no recibiría la pensión y entonces volvemos a una cuestión de roles", agregó el ministro Javier Laynez.

JM

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