Viernes, 13 de Septiembre 2024

¡Cuidado! Estas son las sanciones que puedes recibir por hacer mal uso de la bandera

Los símbolos patrios representan nuestra historia y cultura, manifiesta tu orgullo con respeto y dignidad

Por: Fernanda Plascencia García

Consulta las recomendaciones de la Dirección de Fomento Cívico. ESPECIAL / PEXELS / CANVA

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Las Fiestas Patrias llegan y con ellas, la ganas de expresar nuestro orgullo nacional. La Bandera Nacional se eleva con dignidad y los colores tricolor brillan en nuestras ropas. Sin embargo, un gesto incorrecto puede convertirse en una ofensa a los símbolos patrios. ¿Qué se considera hacer mal uso de la bandera y cómo te pueden sancionar? Te lo decimos a continuación. 

La Secretaría de Gobernación, de la mano de la Dirección de Fomento Cívico lanzó un llamado a través de sus redes sociales para recordar a los ciudadanos la importancia de usar correctamente los símbolos patrios durante el próximo Grito de Independencia de México. 

     

De acuerdo al Código Penal Federal, en el artículo 191 se establece que, según la gravedad del ultraje al escudo de la República, la Bandera y el Himno, “ya sea de palabra o de obra, se le aplicará de seis meses a cuatro años de prisión o multa de cincuenta a tres mil pesos o ambas sanciones, a juicio del juez”.

Asimismo, en el Artículo 56 de La Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno nacionales, se indican infracciones de acuerdo a las conductas siguientes:

  • Alterar o modificar las características de la Bandera Nacional.
  • Utilizar el Escudo Nacional sin la autorización de esta Ley.
  • Inscribir en la Bandera Nacional la denominación o razón social de las Instituciones sin la autorización
  • pertinente.
  • Comercializar ejemplares de la Bandera Nacional que contengan cualquier tipo de inscripciones.
  • Inscribir en la Bandera Nacional el nombre de personas físicas o Instituciones para promover su imagen, bienes o servicios.
  • Portar la bandera presidencial.
  • Alterar la letra o música del Himno Nacional.
  • Cantar o ejecutar el Himno Nacional con fines de lucro.
     

Recuerda que el Himno Nacional sólo se ejecuta, total o parcialmente, en actos solemnes de carácter oficial, cívico, cultural, escolar o deportivo, y para rendir honores a la Bandera Nacional.
 

¿Puedo utilizar la bandera en mi casa, oficina, empresa, comercio o automóvil?

Sí. De acuerdo con la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno nacionales, no se necesita autorización para usar la Bandera Nacional en la fachada de inmuebles, domicilios, oficinas, vehículos, establecimientos comerciales o empresas. En estos casos la bandera puede ser de cualquier dimensión. No obstante, debe darse a la Bandera un trato pulcro y decoroso, y deben respetarse las características de diseño y proporcionalidad.

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FP


 

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