Jueves, 21 de Noviembre 2024

La SCJN declara constitucionales a los superdelegados de López Obrador

El voto del desempate fue de Loretta Ortiz, quien argumentó que la figura de los superdelegados no se contrapone al principio del federalismo

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Algunos de los argumentos que se usaron en contra de declarar a los superdelegados constitucionales fue que supuestamente no están claras sus cualidades, sin embargo el artículo sí las define. EL INFORMADOR/ ARCHIVO

Algunos de los argumentos que se usaron en contra de declarar a los superdelegados constitucionales fue que supuestamente no están claras sus cualidades, sin embargo el artículo sí las define. EL INFORMADOR/ ARCHIVO

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de Nación (SCJN) declaró constitucional la figura de los “superdelegados"; así, la figura establecida en el artículo 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, volverá a funcionar con las particularidades asignadas en el comienzo del sexenio del Presidente López Obrador.

El tema se discutió desde el martes de la semana pasada, cuando el pleno empató sus votos en cinco cada uno; sin embargo, la ministra Loretta Ortiz se encontraba en comisión oficial, por lo que a su regreso desempató la decisión al votar a favor.

La ministra Loretta Ortiz, quien votó a favor, argumentó que la figura de los superdelegados no se contrapone al principio del federalismo y los defendió diciendo que tienen la finalidad de hacer más eficiente el servicio público.

“Su objetivo es eficientar (sic) el servicio público al estar adscritos jerárquicamente y orgánicamente a la Secretaría del Bienestar, y a su vez, bajo el mando de la Coordinación General de Programas para el Desarrollo, dependiente del Ejecutivo federal”, declaró Ortiz.

Opiniones en contra

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá votó en contra advirtiendo que la figura de los superdelegados crea incertidumbre debido a que sus facultades no son claras, algo que pone en riesgo el principio federalista por sus atribuciones de atención ciudadana.

“Es una doble ventanilla en perjuicio de los gobernados”, advirtió Alcántara.

El artículo 17 establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que el Poder Ejecutivo Federal podrá colocar Delegaciones de programas para el Desarrollo que tendrán la principal función de coordinar la implementación de los programas dirigidos al desarrollo integral, atención ciudadana y la supervisión de programas que puedan ejercer “beneficio directo” en la población.

DO

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