Viernes, 22 de Noviembre 2024

¿Presidente sustituto o nueva elección? Esto dice la ley si falta López Obrador

La ley mexicana deja claro qué pasaría si el Presidente falta en la recta final de su gobierno, como es el caso de López Obrador

Por: Óscar Ernesto Álvarez Gutiérrez

Esta es la tercera ocasión que el Presidente López Obrador se contagia de COVID-19. NTX / ARCHIVO

Esta es la tercera ocasión que el Presidente López Obrador se contagia de COVID-19. NTX / ARCHIVO

El Presidente Andrés Manuel López Obrador anunció ayer domingo que volvió a dar positivo a COVID-19, por lo que tuvo que cancelar sus actividades programadas, entre ellas, encabezar la conferencia "mañanera" de este lunes. Ante la noticia, muchos mexicanos se preguntan ¿Qué pasaría si el Presidente muere, quién lo sustituiría y cómo sería el proceso; se nombraría a un suplente o se convocaría a nuevas elecciones?

La ley mexicana es muy clara al respecto y establece qué hacer en caso de falta del Presidente de México

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala en su artículo 84, relativo a las funciones y responsabilidades del Poder Ejecutivo federal, que en caso de "falta absoluta del Presidente de la República", será el secretario de Gobernación quien ocupe provisionalmente el cargo; en este caso, Adán Augusto López Hernández, "en tanto el Congreso nombra al Presidente interino o substituto, lo que deberá ocurrir en un término no mayor a sesenta días".

Sin embargo, la secretaria de Gobernación no podría remover o designar a los secretarios de Estado sin autorización previa de la Cámara de Senadores.

¿Presidente sustituto o nueva elección?

Existen además dos consideraciones importantes a tomar en cuenta en caso de una posible muerte del Presidente de la República:

  1. En el primer caso, si la muerte del Presidente ocurriera en los dos primeros años de su Gobierno, el Congreso de la Unión fungiría como Colegio Electoral y nombraría, a través de una mayoría absoluta de votos, a un presidente interino; después, sería el mismo Congreso quien luego de diez días del nombramiento emitiría una convocatoria para la elección del Presidente que concluiría el periodo de Gobierno respectivo.
  2. Si la muerte del Mandatario es en los últimos cuatro años de su Gobierno, como es el caso del Presidente López Obrador, el Congreso de la Unión designaría al presidente substituto que concluiría el periodo, siguiendo el mismo procedimiento que en caso del Presidente interino.

Esta es la tercera ocasión que el Presidente López Obrador se contagia de COVID-19

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