Los registros civiles de Jalisco, tanto municipales como estatales, ya están facultados para realizar cambios de identidad de género en actas de nacimiento.A través de un acuerdo publicado el 29 de octubre en el Periódico Oficial, el Gobierno Estatal garantiza el derecho de los ciudadanos a la identidad auto-percibida.En el decreto se reforma el reglamento del registro civil, añadiendo cinco artículos en los que se reconoce el derecho a la identidad de género. Este entró en vigor desde el 30 de octubre.Con esta reforma se podrán modificar los datos personales, en lo que respecta al registro de género y nombre, contenidos en las actas, a través de un trámite administrativo a solicitud del interesado.Para obtener el cambio de identidad no importará la edad, lugar de nacimiento (dentro de México) o de residencia, por lo que cualquier ciudadano del país podrá tramitar una aclaración de acta de nacimiento.La documentación requerida es una identificación oficial (original y copia) y una solicitud por escrito, mediante el formato expedido por la Oficialía del Registro Civil, la cual deberá estar firmada por la persona interesada y en la que exprese:Para realizar el trámite deberán de tener acta de nacimiento registrada en cualquier estado de la República mexicana.Para las personas que sean menores de edad (menos de 18 años cumplidos al momento de realizar el trámite), deberán presentar además un escrito del padre o tutor en el que exprese su consentimiento para la modificación.NR