Esta madrugada, el Congreso de Jalisco aprobó las reformas al Código Civil de la Entidad para determinar que el matrimonio es la unión de dos personas, sin especificar género, por lo que abre la posibilidad legal de que las parejas del mismo sexo puedan tener acceso a este recurso jurídico.Pero la reforma no se limitó exclusivamente al llamado matrimonio igualitario, además se aprobó sancionar a las llamadas terapias de conversión, dentro del Código Penal, con multas de hasta 28 mil 866 pesos para cualquier persona que obligue a otra a someterse a tratamientos que pretendan modificar o imponer la expresión, identidad de género o la orientación sexual. Para la Organización de las Naciones Unidas (ONU) la violencia y discriminación de las que son objeto las personas con orientaciones sexuales homosexuales e identidades de género distintas a su sexo registrado estimulan las llamadas terapias de conversión, que buscan cambiar la orientación sexual o la identidad de género de una persona, partiendo de la base de que las personas LGBT y de género diverso están "enfermas", según Víctor Madrigal-Borloz, experto independiente sobre la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género.De acuerdo a un informe de la ONU, las terapias de conversión tienen como objetivo transformar a una persona no heterosexual en una persona heterosexual, y a una persona trans o de género diverso en una persona cisgénero (una persona cuya identidad de género corresponde a su sexo registrado).Estas terapias se llevan a cabo en al menos 68 países, en todos los continentes. Son "muy frecuentes" en África y "bastante frecuentes" en América Latina y el Caribe y en Asia.Las terapias de conversión causan profundos traumas físicos y psicológicos a las personas que las sufren. Por ese motivo, los mecanismos de las Naciones Unidas de lucha contra la tortura han concluido que esas terapias pueden equivaler a tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.En vista del sufrimiento que causan estos tratamientos, Madrigal-Borloz recomienda explícitamente a los Estados que prohíban estas prácticas, derogando las leyes que las permiten, así como las que penalizan la diversidad de orientación sexual e identidad de género. Asimismo, pide que se tomen medidas urgentes para proteger a los niños y jóvenes.El pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó la reforma al Código Penal para penalizar a quien incurra en terapias de conversión sexual que utilicen métodos violentos que pongan en peligro la integridad de una persona desde julio de 2020.Desde ese momento, en CDMX se castiga de dos a cinco años de prisión a quienes obliguen a personas a tener estas terapias, además de 50 a 100 horas de trabajo comunitario y se deberá perseguir por la fiscalía capitalina por querella.Estas penas se agravarán cuando esté relacionado un menor de edad, las cuales la fiscalía deberá perseguir de oficio.OA