Jueves, 21 de Noviembre 2024

¿Aplicarán clausuras o multas por incumplir nuevas restricciones a fumadores? Esto dice Lemus

Lemus advirtió que si la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios quiere que se respeten las nuevas restricciones tendrá que vigilar con su propio personal

 

Por: Rodrigo Rivas Uribe

Los dueños de negocios sí pueden tener áreas destinadas para fumar, pero el cambio es que no permitirán el ofrecimiento de alimentos o bebidas. EL INFORMADOR / C. Zepeda

Los dueños de negocios sí pueden tener áreas destinadas para fumar, pero el cambio es que no permitirán el ofrecimiento de alimentos o bebidas. EL INFORMADOR / C. Zepeda

Los inspectores de Guadalajara no clausurarán restaurantes o los sancionarán por la no aplicación del nuevo reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, anunció el alcalde Pablo Lemus Navarro. Tras reiterar que las medidas son excesivas, el edil advirtió que si la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) quiere que se respeten las nuevas restricciones tendrá que vigilar con su propio personal.

“Cofepris establece una norma federal pero no tiene inspectores, entonces les dice a los municipios ésta es la norma y tú clausúrales, para que nosotros seamos los malos de la película. Le di instrucciones al personal de inspección que Guadalajara no va a estar clausurando restaurantes. Vamos a ayudar a la industria restaurantera porque creemos que la norma es excesiva y si Cofepris quiere cumplir con su norma, que nunca socializó, que lo hagan con sus propios inspectores”, dijo.

Añadió que tampoco multarán a ciudadanos por fumar en las calles o en hoteles.

Lemus Navarro insistió en que las nuevas disposiciones no se socializaron y ponen en riesgo a la industria restaurantera, detalló que dialogó con la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac) para manifestarles su apoyo.

Con las nuevas disposiciones federales, se prohibió fumar en lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas, patios, terrazas, balcones, parques de diversión, áreas de juegos o lugares, parques de desarrollo urbano, deportivos, playas, centros de espectáculos y entretenimiento, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hoteles, hospitales, centros de salud, clínicas médicas y sitios de culto religioso, entre otros.

Los dueños de negocios sí pueden tener áreas destinadas para fumar, pero el cambio es que no permitirán el ofrecimiento de alimentos o bebidas. Las multas ascienden hasta los 829 mil pesos.

MF

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