La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) en Jalisco dio a conocer que una cadena de tiendas de autoservicio obtuvo una suspensión contra el reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, que señala la prohibición en la exhibición de los productos de tabaco, por lo que, nuevamente podrán ser expuestos en esta línea de establecimientos comerciales. La medida responde a resolución de un amparo indirecto interpuesto por la Compañía en contra de la reforma impulsada por el Gobierno Federal en enero pasado.“Desde los distintos sectores afectados, este Centro Empresarial se ha sumado para expresar y llamar a un diálogo que promueva políticas públicas que realmente combatan problemas de salud pública y reiterando el respeto a la regulación de las actividades productivas. Los recientes cambios al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco no garantizan la efectividad para inhibir el consumo de productos derivados del tabaco ni para evitar el acceso de menores de edad a estos productos. Por el contrario, abre la puerta al desarrollo de canales de distribución ilegal”.Según la Coparmex Jalisco, la medida afecta los derechos de las y los ciudadanos porque elimina el acceso a información completa por parte de los consumidores y atenta contra la libertad de los comerciantes legales y regulados de todos los tamaños.“Tener a la vista el producto, permite al consumidor contar con información al momento de tomar la decisión de compra, así como adquirir mercancías de su preferencia, comparar las características de cada uno con relación a precio, calidad, cantidad”.Y añadió que desde la iniciativa privada se continuará solicitando a las autoridades que se genere certeza jurídica ante un producto de consumo legal y altamente regulado, con el objetivo de impactar en menor medida a quienes participan en este sector, que afecta sobre todo a pequeños comercios, al sector de servicios restauranteros y pone en riesgo los empleos en la industria tabacalera de la Entidad.Prevén que pierdan en resoluciones finalesGrandes empresas anunciaron que interpondrán juicios de amparo contra la prohibición de exhibir cigarros en tiendas, como lo marca el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.Sin embargo, este medio publicó en enero pasado que Marcos del Rosario, coordinador de la Licenciatura en Derecho del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (ITESO), prevé que lo más probable es que la resolución final sea que el derecho a la salud o a la vida prevalezca sobre los derechos económicos.Al tratarse de una reglamentación general, explicó que los amparos se interponen ante Juzgados de Distrito en materia Administrativa. Posteriormente, son los jueces quienes deberán emitir las resoluciones.“No va a ser fácil que los jueces se inclinen por el tema de los derechos económicos por encima de la salud. No va a resistir el argumento. Cuando hay dos derechos que chocan, el juez tiene que decantarse por el que beneficia en un sentido. No necesitamos ser conocedores técnicos en materia constitucional o derechos humanos para saber que la salud o la vida tienen un rango mayor a otro”.Aunque las medidas son desproporcionadas y pudieran dar pauta a suspensiones provisionales o definitivas, estas son cautelares para que no se generen daños o afectaciones, las cuales pierden validez al momento que se emita la sentencia.“Algunos jueces pueden otorgar una suspensión provisional o definitiva, pero por los bienes tutelados; es decir, por la razón de ser, al final de cuentas atiende al derecho a la salud. Una suspensión no es triunfo, va a haber suspensiones, pero no es el fondo o el final del camino”.