Viernes, 22 de Noviembre 2024

Justifica Gobierno del Estado veto a restricción a cartas de no antecedentes penales

El Congreso de Jalisco aprobó por unanimidad las reformas para restringir la expedición de estos documentos

Por: Rodrigo Rivas Uribe

La carta de no antecedentes penañes únicamente podrá solicitarse a candidatos a cargos en seguridad pública o privada. EL INFORMADOR / ARCHIVO

La carta de no antecedentes penañes únicamente podrá solicitarse a candidatos a cargos en seguridad pública o privada. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Por considerar que no representan un acto de discriminación laboral, el Gobierno del Estado justificó las observaciones hechas a la reforma aprobada por el Congreso local que restringía la expedición de las cartas de no antecedentes penales. En un comunicado se expone que las constancias son importantes para los ciudadanos pues en muchos casos se solicitan no sólo para asuntos laborales, sino también para diversos trámites.

"La postura del Ejecutivo siempre ha sido promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de las personas, y en lo que aquí atañe, fortalecer el desarrollo económico del Estado", precisa.

Subrayan que como parte de las observaciones proponen una reducción de 70 a 40 pesos en el costo del formato digitalizado para constancias de historial penal.

En el veto firmado por el gobernador de Jalisco, se estima que no es proporcional privar a los patrones de conocer el historial penal de los aspirantes al trabajo, a fin de que elijan libremente a quien quieran contratar. Advierten que la Ley Nacional de Ejecución Penal contempla la obligación de la autoridad de expedir constancias con el historial penal de las personas y el derecho de los ciudadanos para solicitarlas; además del derecho a acceder a los datos personales que se encuentren en poder de las autoridades.

PARA SABER

El Congreso Estatal aprobó por unanimidad, el pasado 22 de enero reformas a las Leyes Orgánicas del Poder Ejecutivo, del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses y al Código Penal; para restringir la expedición de la carta de no antecedentes penales. Se especificó que ese documento únicamente podrá solicitarse a candidatos a cargos en seguridad pública o privada, por requerimiento de una autoridad judicial o en el trámite de licencias para portación de armas. También si la piden autoridades administrativas y judiciales para fines de investigación o en los casos que sea requerida por una embajada o consulado extranjero en el país.

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