La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó hoy que el cardenal emérito de Guadalajara, Juan Sandoval Íñiguez, violó los principios constituciones de equidad, laicidad y separación Iglesia-Estado durante la contienda de las elecciones del 6 de junio pasado.Por ello se ordenó dar vista a la Secretaría de Gobernación (Segob) para que sea esta dependencia la que determine la sanción a aplicar, toda vez que la Sala Especializada no tiene capacidad de sanción hacia los ministros de culto.En sesión de la especializada realizada este jueves, la ministra Gabriela Villafuerte y los ministros Luis Espíndola y Rubén Lara coincidieron en que videos difundidos por el arzobispo, en los cuales llama a no votar por aquellos que no compartan la misma ideología religiosa, vulneraron el principio de equidad, laicidad y separación Iglesia-Estado.Además se determinó que los ministros de culto: Pedro Pablo Elizondo, Mario Ángel Flores, Ángel Espinosa de los Monteros y Carlos Aguiar Retes, también violentaron los principios de equidad, laicidad y separación Iglesia-Estado, pero no violaron la veda electoral.El pleno consideró que al analizar videos denunciados, difundidos a través de redes sociales, "sí tuvieron un impacto en el desarrollo del pasado proceso electoral federal, pues se emitieron con la intención de influenciar el sentido del voto de la ciudadanía".En octubre pasado la Sala Superior del TEPJF resolvió otro recurso de Morena que anuló la elección en el municipio de Tlaquepaque, por considerar que el Arzobispo Sandoval Iñiguez intervino para inducir el voto, ello a través de un videomensaje.Con información de SUNIM