El Congreso de Jalisco interrumpirá su próximo periodo inhábil en caso de que llegue la petición de juicio de procedencia en contra del magistrado José de Jesús Covarrubias Dueñas, acusado de presunto abuso de una menor, afirmó José María Martínez, presidente de la Junta de Coordinación Política.El morenista sostuvo que el tema obligaría a los legisladores a sesionar para darle entrada a la solicitud que pueda remitir el Ministerio Público que investiga el caso."Tenemos que estar listos para recibir y procesar, tratándose de una causa de justicia no podemos darle la espalda. Hay toda la disposición de estar en condición de sesionar si es necesario en vacaciones. Habrá guardia permanente en el Congreso, no va a detenerse la apertura de documentos y menos porque somos parte de controversias y juicios. El tratamiento y el proceso del tema será en días posteriores. Aunque sea en sesión telemática, pero tenemos que atender el asunto", argumentó.El legislador de Morena explicó que, en caso de que se formalice la petición, el juzgador debe ser notificado y tener derecho de audiencia antes de que el pleno del Poder Legislativo pueda tomar alguna determinación al respecto. Reconoció que, por los tiempos marcados en la ley, el tema de fondo se resolvería hasta el próximo año.Por su parte, la coordinadora de la fracción de Hagamos, Mara Robles, urgió a que a la brevedad se publique la reforma para restablecer en la ley el juicio de procedencia y que la Fiscalía remita la solicitud al Congreso.De acuerdo con lo establecido en la Ley de Responsabilidades Políticas y Administrativas del Estado de Jalisco, cuando el Ministerio Público determine judicializar una carpeta de investigación contra algún servidor público con fuero; la Fiscalía General debe solicitar al Congreso la declaración de procedencia de juicio penal. La petición debe estar firmada por el fiscal y acompañarse con copias de los expedientes con los elementos de prueba y razonamientos para fundar la petición.Según la ley, en los casos de solicitudes de procedencia, el Poder Legislativo debe sesionar para dar entrada a la petición y remitirla a la Comisión de Responsabilidades que deberá notificar al denunciado dentro de los tres días hábiles siguientes a que reciba la petición.Al señalado se le debe informar que tiene derecho a comparecer o presentar alegatos en su defensa en los siguientes cinco días tras recibir la notificación; trascurrido ese periodo, la Comisión tiene plazo máximo de 30 días hábiles para analizar los expedientes presentados por la Fiscalía y los alegatos del señalado, para emitir un dictamen y definir si ha lugar o no para la declaratoria de procedencia. Tras dar cuenta del dictamen de la Comisión, se deberá convocar a sesión del pleno donde se erigirán como jurado de procedencia y citar para la audiencia al servidor público señalado y su defensa, y al fiscal.Por mayoría absoluta de votos, a excepción de los integrantes de la Comisión, la asamblea decidirá si avanza o no el retiro de fuero. En caso de que sea aprobado, el servidor público señalado quedará inmediatamente separado del cargo y a jurisdicción de las autoridades correspondientes.La legislación advierte que la declaratoria del Congreso no prejuzga sobre el fondo de la denuncia de la investigación que se realice y no debe tener trascendencia jurídica en el proceso penal.JM