Viernes, 22 de Noviembre 2024

José Covarrubias: ¿En qué consiste el desafuero aprobado para el magistrado?

Esto es lo que aprobaron los diputados, y beneficiará de esta manera al proceso penal de investigación

Por: Rubí Bobadilla

El desafuero del magistrado fue aprobado la noche de este martes con 31 votos a favor. EL INFORMADOR/R. Rivas

El desafuero del magistrado fue aprobado la noche de este martes con 31 votos a favor. EL INFORMADOR/R. Rivas

Durante la madrugada de este miércoles, con 21 votos a favor, las diputadas y diputados del Congreso de Jalisco aprobaron “desaforar” al magistrado José de Jesús Covarrubias para que se le investigue por el presunto abuso de una menor. ¿Pero qué es lo que aprobaron los diputados y cómo beneficia al proceso penal de investigación?

El fuero es una figura establecida en la Constitución Mexicana para evitar que autoridades detengan a legisladores (diputados y senadores), ministros, magistrados, consejeros de la Judicatura, secretarios de Despacho, fiscales y consejeros electorales, por la comisión de un delito durante el tiempo de su cargo.

De acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación esta figura, que se sigue a nivel nacional es usada para “proteger a la función pública”, confiriéndole inmunidad procesal como una “garantía de permanencia y estabilidad de la función pública y del Estado mismo”, aunque no debería ser considerada como un privilegio especial ni una inmunidad absoluta para actuar de manera impune.

Sin embargo, gracias a lo establecido en el Artículo 91 de la Constitución Estatal, existe la posibilidad de que este fuero sea retirado y se investigue al o los servidores públicos por incurrir en responsabilidades políticas, penales, administrativas y/o civiles. Lo anterior es posible si se lleva a cabo un juicio político; el procedimiento previsto en la legislación penal, previa declaración de procedencia para los servidores públicos en los casos previstos por la Constitución local; el procedimiento administrativo; o un procedimiento ordinario.

Por ello, y a partir de lo señalado en artículo 91 de la Constitución Estatal, era necesario que se desarrollara un juicio de procedencia, mismo que fue llevado a cabo por los legisladores locales la tarde de ayer martes y esta madrugada, luego de haber sido solicitado por la Fiscalía Estatal para poder investigar penalmente a José de Jesús Covarrubias.

A partir de la aprobación de este desafuero con 31 votos a favor de las y los diputados, desaparece la inmunidad contra Covarrubias y se permite a la Fiscalía Estatal que pueda investigar al magistrado Covarrubias para determinar su responsabilidad en el abuso sexual de una menor de edad en el que se le señala.

Además, según establece el artículo 30 Bis 10 de la Ley de Responsabilidades del Estado de Jalisco, luego de que el Congreso declaró que se puede proceder penalmente en contra del magistrado, éste queda inmediatamente separado de su cargo y sujeto a la jurisdicción de los tribunales competentes mientras dure el proceso penal en su contra.

El 14 de julio de 2016 la LXI legislatura del Congreso Estatal aprobó desaparecer el fuero constitucional para las y los servidores públicos de Jalisco “como ejemplo para el ámbito nacional”, pues consideraron entonces que “había sido ejercido en exceso y abuso, ocasionando que los ciudadanos lo consideraran un símbolo de corrupción, impunidad, prepotencia, privilegio”.

El proceso se llevó a cabo mediante la reforma constitucional estatal del Artículo 91 de la constitución local, sin embargo, el 24 de septiembre de 2019 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó reactivar dicho fuero para magistrados, jueces y consejeros de los poderes judiciales de Jalisco y Michoacán.

Esto, por considerar que “no había ninguna justificación específica, que se implementaron otros mecanismos que pudieran proteger la independencia judicial”, regresando así la protección a estas figuras.

JM

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