Jueves, 21 de Noviembre 2024

IEPC: Por estas razones los partidos pueden solicitar el voto por voto

¿Qué es el cómputo, cómo funciona y cuándo puede pedirse el recuento de los votos tras la elección?

Por: Rubí Bobadilla

Este procedimiento se realiza en presencia de todos los partidos políticos que forman parte de dichos consejos distritales y municipales. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Este procedimiento se realiza en presencia de todos los partidos políticos que forman parte de dichos consejos distritales y municipales. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Luego de la elección del pasado domingo, diversas candidaturas a distintos cargos de elección popular se han proclamado ganadoras, a partir de los conteos del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP).

Sin embargo, como lo señala el nombre del programa, se trata sólo de los resultados preliminares, y no es sino hasta que la autoridad electoral hace oficial los resultados que existe una persona ganadora.

Pese a ello, algunos partidos ya han adelantado que solicitarán la revisión “voto por voto, casilla por casilla”, para garantizar que los resultados correspondan a los ofrecidos por la autoridad electoral, y en busca de poder tener la oportunidad de ganar los cargos por los cuales han competido.

Pero ¿qué es el cómputo, cómo funciona y cuándo puede pedirse el recuento de los votos tras la elección? El cómputo de una elección es la suma que realizan los Consejos Distritales y Municipales de los resultados anotados en las Actas de Escrutinio y Cómputo que provienen de las casillas de cada distrito electoral y de cada municipio. Este procedimiento se realiza en presencia de todos los partidos políticos que forman parte de dichos consejos distritales y municipales.

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Para ello, los 145 órganos ciudadanos colegiados del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), conformadas por 125 consejos municipales y 20 distritales, se instalarán para sesionar de manera pública e ininterrumpida, a partir de las 8:00 horas de este miércoles y hasta que finalicen los cómputos, a más tardar el próximo sábado 8 de junio.

La normatividad electoral prevé distintas causas para realizar, durante las sesiones de cómputos, el recuento de los votos de casillas (recuento parcial) o de una elección completa (recuento total).

El recuento parcial consiste en un nuevo escrutinio y cómputo de los votos de una o más casillas, (siempre que no se trate de la totalidad de las casillas de una demarcación territorial electoral). 

El recuento total, por su parte, es el procedimiento de apertura de la totalidad de los paquetes electorales relativos a: la elección de gubernatura, diputaciones por el principio de mayoría relativa o de munícipes, con el objeto de realizar un nuevo escrutinio y cómputo de los votos en ellos contenidos, explicó el IEPC.

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Los Consejos Distritales o Municipales deberán realizar nuevamente el escrutinio y cómputo de casilla (es decir, un recuento parcial) cuando se presente cualquiera de las siguientes causales establecidas en los artículos 372 y 377 del CEEJ Cuando el paquete electoral se reciba con muestras de alteración.

  • Cuando no exista el acta de escrutinio y cómputo en el expediente de la casilla, ni obre en poder de la o el presidente del Consejo.
  •  Cuando los resultados de las actas no coincidan.
  •  Si se detectan alteraciones evidentes en las actas que generen duda fundada sobre el resultado de la elección en la casilla.
  •  Cuando existan errores o inconsistencias evidentes en los distintos elementos de las actas, salvo que puedan corregirse o aclararse con otros elementos a satisfacción plena de quien lo haya solicitado.
  • Cuando el número de votos nulos sea mayor a la diferencia entre las candidaturas ubicadas en el primero y segundo lugar en la votación.
  • Cuando todos los votos depositados sean a favor de un mismo partido político, coalición o candidatura independiente.

Al finalizar los cómputos y recuentos, los consejos distritales declararán (en su caso) la validez de las elecciones a diputaciones de mayoría relativa y entregarán las constancias correspondientes.

Será el próximo domingo 9 de junio cuando el Consejo General realizará el cómputo estatal de gubernatura, así como el general por circunscripción para diputaciones de representación proporcional. Al concluir, este pleno declarará (en su caso), la validez de las elecciones de diputaciones de representación proporcional, de munícipes y de gubernatura, y entregará las constancias correspondientes.

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MV
 

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