Viernes, 29 de Noviembre 2024

Guadalajara sancionará a burócratas que hagan proselitismo

Las faltas no graves podrían tener amonestaciones, suspensiones del cargo, destitución o inhabilitación temporal

Por: Virginia Arenas

Por el momento autoridades analizarán el caso del coordinador y la forma en la que sería sancionado. EL INFORMADOR/ V. Arenas

Por el momento autoridades analizarán el caso del coordinador y la forma en la que sería sancionado. EL INFORMADOR/ V. Arenas

El presidente municipal interino de Guadalajara, Enrique Ibarra Pedroza, afirmó que los servidores públicos tapatíos que realicen proselitismo en horarios laborales serán sancionados, esto luego de que se diera a conocer que el coordinador de Construcción de Comunidad, Bernardo Fernández Labastida, asistió al arranque de la precampaña a la gubernatura de Enrique Alfaro.

Durante el banderazo de inicio de las obras en el Parque El Refugio, el primer edil aseguró que cumplirán con lo que establece la legislación en materia electoral.

“Lo fundamental es que los servidores públicos observemos los principios de imparcialidad y de objetividad. Como servidor por supuesto que se tiene derecho a emitir el voto en su momento pero no se puede ligar o concatenar acciones de gobierno con tareas de proselitismo”, afirmó.

Si bien Fernández Labastida asistió al evento de Alfaro fuera del horario laboral, los Lineamientos para Garantizar la Equidad entre los Participantes en la Contienda Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) prohíben a los servidores públicos asistir a cualquier tipo de acto proselitista en días hábiles para cumplir con la observancia del principio de imparcialidad de la contienda según lo establece el Artículo 134, párrafo séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Los lineamientos señalan que los servidores públicos sólo podrán acudir a actos proselitistas en los días que se contemplen en la legislación como inhábiles y en los que les corresponda ejercer el derecho constitucional a un día de descanso por haber laborado durante seis días.

Ibarra Pedroza señaló que analizarán el caso del coordinador y la forma en la que sería sancionado.

La mera asistencia a un acto proselitista no constituye una falta grave o un delito electoral, siempre y cuando el servidor en cuestión no utilice su cargo o los recursos a su disposición para beneficiar al candidato o partido.

De acuerdo con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, las faltas no graves pueden alcanzar sanciones como amonestación pública o privada, suspensión del cargo, destitución o inhabilitación temporal. Corresponderá a la Contraloría municipal determinarlo.

Por lo pronto desde ayer la Contraloría municipal tapatía emitió una circular a todos los servidores públicos del Gobierno de Guadalajara en la que recuerdan, entre otros, que está prohibido participar en actividades proselitistas durante el horario laboral.

NM

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