Lunes, 11 de Noviembre 2024
Jalisco | Torito

Esto te costará la multa si el "Torito" te detiene manejando alcoholizado

¡Cuidado! Una noche de fiesta y la irresponsabilidad de conducir un automóvil luego de haber consumido alcohol puede costarte una cuantiosa suma de dinero, a través de una multa, o unas horas tras las rejas

Por: Óscar Ernesto Álvarez Gutiérrez

El programa

El programa "Salvando Vidas", de la Comisaría de la Policía Vial, tendrá una cobertura las 24 horas próximamente.

A partir del 1 de diciembre de 2023 y hasta el 6 de enero de 2024, es decir, durante el "Maratón Guadalupe-Reyes", el programa "Salvando Vidas", de la Comisaría de la Policía Vial, tendrá una cobertura las 24 horas.

El motivo por el que la operatividad del llamado "Torito" se incrementará obedece a la necesidad de reducir los accidentes donde el alcohol es protagonista, en estas fechas que se incrementan las celebraciones propias de la temporada.

Pero ¡Cuidado! Una noche de fiesta y la irresponsabilidad de conducir un automóvil luego de haber consumido alcohol puede costarte una cuantiosa suma de dinero, a través de una multa, o unas horas tras las rejas; que son las sanciones que contempla la ley para quien infrinja esta disposición.

¿De cuánto son las multas si el "Torito" te atrapa conduciendo ebrio?

Conforme a lo dispuesto en el Artículo 186 de la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Jalisco, "a las personas que conduzcan vehículos de automotor bajo el influjo de alcohol o drogas, se les sancionará de la siguiente forma":

I. Con multa equivalente de 150 a 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a la persona que conduzca un vehículo automotor y se le detecte una cantidad superior de 50 a 80 miligramos de alcohol por cien mililitros de sangre o 0.25 a 0.40 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, o bajo el influjo de drogas.

Es decir, si la UMA se ubica en 103.74 pesos en 2023, la multa puede ir de 15 mil 561 a 20 mil 748 pesos

II. Con arresto administrativo inconmutable de 12 a 24 horas a la persona que conduzca un vehículo y se le detecte una cantidad de 81 a 130 miligramos de alcohol por 100 mililitros de sangre o de 0.41 a 0.65 miligramos de alcohol por litro de aire espirado

III. A la persona que conduzca un vehículo y se le detecte una cantidad mayor a 130 miligramos de alcohol por 100 mililitros de sangre o más de 0.65 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, se sancionará con arresto administrativo inconmutable de 24 a 36 horas.

En caso de recibir una sanción, se deberá asistir a un curso en materia de sensibilización, concientización y prevención de accidentes viales por causa de la ingesta de alcohol o el influjo de narcóticos, ante la instancia que indique la Secretaría de Seguridad.

Si el conductor es arrestado, será trasladado al Centro Urbano de Retención por Alcoholimetría (CURVA), en la unidad de la Policía Vial o de Tránsito Municipal, según corresponda. Además, si aseguran el vehículo, este se envía con grúa, con cargo al conductor, a un depósito autorizado.

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