Jueves, 04 de Julio 2024
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Arranca la veda electoral; esto es lo que tienen prohibido hacer candidaturas y partidos

Estos son los actos que constituyen un delito electoral por lo que deben ser denunciados de inmediato

Por: Rubí Bobadilla

Los partidos políticos tendrán 30 días como plazo máximo para retirar la propaganda instalada en calles. EL INFORMADOR / H. Figueroa

Los partidos políticos tendrán 30 días como plazo máximo para retirar la propaganda instalada en calles. EL INFORMADOR / H. Figueroa

Concluyendo este miércoles, y en el primer minuto de este jueves, arranca la veda electoral que pone fin a las campañas políticas del proceso electoral 2023-2024, de cara a los comicios del próximo domingo 02 de junio.

Lo anterior quiere decir que a partir de las 00:00 horas las y los candidatos a algún puesto de elección popular o que sean parte del proceso electoral deben dejar de promover el voto por sus partidos o coaliciones, y en general, dejar de compartir propaganda.

De acuerdo con la consejera presidenta del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), Paula Ramírez, explicó que si bien a partir de entrada la veda deberán de comenzar a retirar carteles, espectaculares, pendones y cualquier publicidad que hubiera sido colocada, no quiere decir que a partir del inicio de la veda estos deban estar retirados de inmediato, sino que, lo que principalmente se busca, es que las candidaturas y/o personas políticas dejen de publicar o hacer declaraciones que llamen al voto por sus partidos, que no se republique cualquier información ya publicada previamente.

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Tampoco pueden realizarse actos proselitistas y deben frenar los spot o espacios publicitarios en medios de comunicación, oficiales o a través de redes sociales, todo, debido a que la veda precisamente es una pausa para que las personas reflexionen sobre su sufragio luego de que en los últimos tres meses ya tuvieron la oportunidad de conocer las propuestas de las candidaturas.

Los partidos tienen 30 días como un “periodo de gracia” o plazo máximo para que retiren la propaganda de bardas, espectaculares o similares, pero no pueden instalarse ni plasmarse nuevos.

La presidenta recordó que también existen actos que deben considerarse y que constituyen un delito electoral, como la coacción al voto para determinada candidatura o partido, las amenazas o el infringir temor para hacerlo, compra el voto, la retención de la identificación INE, entre otras acciones.

Las candidaturas o sus partidos o equipos políticos, tampoco podrán compartir ni publicar, por ningún medio, alguna encuesta que hable sobre las preferencias electorales para ningún cargo.

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Todas estas cuestiones deben denunciarse de inmediato ante la Fiscalía Especial en Materia de Delitos Electorales, con dirección en Pedro Moreno número 1751, colonia Americana, en Guadalajara, con número de teléfono 33 3837 6006.

Las cuestiones relacionadas con las violaciones de la veda que inicia al finalizar este miércoles deben denunciarse ante la oficialía de partes en el IEPC, en sus instalaciones del Parque de las Estrellas o al teléfono 33 4445 8450.

Ramírez Höhne recordó que las violaciones a la veda pueden ir desde procedimientos administrativos y multas, hasta la cancelación del registro de la candidatura, mientras que en el caso de los delitos electorales pueden llegar hasta sanciones en prisión, por lo cual hizo un llamado a mantener la vigilancia al respeto de este periodo de la contienda electoral y de sus determinaciones.

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