Sábado, 23 de Noviembre 2024

Determinan que el PRI funde y decida candidatura en Villa Corona

El Tribunal Electoral del Estado pide que el partido designe al candidato, ya que inicialmente era hombre, pero luego se registró a una mujer

Por: Leticia Fonseca

El PRI deberá determinar en plazo de tres días, de acuerdo a sus normas y procedimientos internos, quién será el candidato a la alcaldía de Villa Corona. TWITTER / @Triejal_Jalisco

El PRI deberá determinar en plazo de tres días, de acuerdo a sus normas y procedimientos internos, quién será el candidato a la alcaldía de Villa Corona. TWITTER / @Triejal_Jalisco

El Tribunal Electoral del Estado de Jalisco determinó que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) revise y funde quién será el candidato a la alcaldía de Villa Corona, ya que inicialmente entregó la constancia a un varón, pero luego pretendió registrar a una mujer.  

"La idea es que se regrese al partido para que determine de una manera fundada y motivada, lo que no hizo, quién es el que debe de ocupar el espacio para abanderar al PRI en Villa Corona", explicó Rodrigo Moreno Trujillo, magistrado presidente del Tribunal Electoral de Estado de Jalisco, luego de la sesión realizada este martes.

El tricolor deberá determinar en un plazo de tres días, de acuerdo a sus normas y procedimientos internos, quién será el candidato a la alcaldía de Villa Corona de  ese organismo político.

El hombre que recibió la constancia inicialmente es quien acudió al tribunal, alegando sus derechos por ser quien tuvo ésta primero.

Este caso corresponde al expediente de Juicio de Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano: JDC  57 y 58/2018, acumulados. De acuerdo a la convocatoria de la sesión del tribunal, el promovente es Rafael Calata Reynaga. 

El otro tema que se abordó en la sesión es el relacionado con un plebiscito  (recurso de apelación RAP 11/2018) con relación a dos predios que busca desincorporar el municipio de San Pedro Tlaquepaque, uno pretende donarlo y otro enajenarlo. Se les dio la razón a los ciudadanos promoventes para que el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana les admita una prueba documental.

Tendrá el IEPC que revisar los requisitos "y tenerle por presente la documental de informes, y ya ellos determinarán en su libertad de jurisdicción si hay algún otro requisito o con eso es suficiente para poder admitir, si la prueba es válida o si no es válida. El tema es admitir la prueba y estudiarla, es lo único para lo que se está regresando", indicó Moreno Trujillo.  

LS

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