Jueves, 21 de Noviembre 2024

Botón de emergencia: ¿Qué cierra, qué no y cuándo son las restricciones?

El periodo de suspensión de actividades inicia el viernes 30 de octubre  y termina el viernes 13 noviembre

Por: El Informador

Las tiendas de conveniencia, abarrotes, carnicerías, cremerías y tortillerías con excepción de los que operan en supermercados, bodegas, mercados públicos y tianguis, podrán operar los fines de semana. AFP / A. Estrella

Las tiendas de conveniencia, abarrotes, carnicerías, cremerías y tortillerías con excepción de los que operan en supermercados, bodegas, mercados públicos y tianguis, podrán operar los fines de semana. AFP / A. Estrella

El Gobierno de Jalisco activó el "botón de emergencia" debido al incremento de casos de coronavirus COVID-19 en la Entidad y algunas actividades se verán afectadas por las noches y los fines de semana. 

El periodo de suspensión de actividades inicia el viernes 30 de octubre  y termina el viernes 13 noviembre y es de aplicación para todo el Estado de Jalisco. Los horarios de suspensión serán:

Lunes a viernes, de 19:00 a 06:00 horas del día siguiente.
Fines de semana: de 06:00 del sábado a 06:00 del lunes siguiente.

Para el caso de Puerto Vallarta, los horarios de suspensión sólo serán en el horario nocturno:

Lunes a domingo: de 20:30 a 06:00 horas del día siguiente.

NOCHES

Actividades que deberán suspender operaciones:

  • Actividades económicas, comerciales y de servicios, con excepción de la industria y hoteles.
  • Talleres mecánicos, refaccionarias y cualquier servicio técnico.
  • Plazas, centros y corredores comerciales.
  • Tiendas de autoservicio, clubes de precio y tiendas departamentales.
  • Mercados públicos y tianguis.
  • Oficinas corporativas.
  • Actividades culturales, recreativas y deportivas.
  • Unidades deportivas y bosques urbanos.
  • Actividades y ceremonias religiosas.
  • Reuniones de más de 10 personas.
  • Eventos sociales y privados.
  • Servicio de plataformas de transporte de personas, de acuerdo con el apartado correspondiente.

Actividades que podrán operar con normalidad son:

  • Todos los servicios hospitalarios y equipos médicos privados o públicos.
  • Farmacias, clínicas, laboratorios y veterinarias.
  • Tiendas de conveniencia y abarrotes.
  • Industria y operación logística.
  • Servicios de seguridad públicos y privados.
  • Equipos de auxilio y protección civil.
  • Servicios básicos de energía, agua y telecomunicaciones, públicos y privados.
  • Servicio postal, paquetería y mensajería.
  • Gasolineras y gaseras.
  • Ajustadores de campañías aseguradoras.
  • Servicios de taxis (no plataforma).
  • Restaurantes, únicamente con servicios a domicilio, así como plataformas para este fin. 
  • Hoteles, sin actividad en áreas comunes.
  • Servicios funerarios.
  • Transporte público de acuerdo con el apartado correspondiente de ete documento.
  • Aeropuertos y terminales de autobuses con las restricciones comerciales respectivas.

FINES DE SEMANA

Actividades que deberán suspender operaciones:

Botón de emergencia: ¿Abrirán los supermercados el fin de semana en Jalisco?

  • Actividades económicas comerciales y de servicios, con excepcion de la industria y hoteles.
  • Comercios misceláneos, como papelerías, ferreterías, tlapalerías y mercerías.
  • Talleres mecánicos, refaccionarias y cualquier servicio técnico.
  • Plazas, centros y corredores comerciales.
  • Mercados públicos y tianguis.
  • Actividades culturales, recreativas y deportivas.
  • Unidades deportivas y bosques urbanos.
  • Actividades y ceremonias religiosas.
  • Reuniones de más de 10 personas.
  • Eventos sociales privados.
  • Servicios de plataformas de transporte de personas, de acuerdo con el apartado correspondiente. 

Actividades que podrán operar con normalidad:

  • Todos los servicios hospitalarios y equipos médicos privados o públicos.
  • Farmacias, clínicas, laboratorios y veterinarias.
  • Tiendas de conveniencia, abarrotes, carnicerías, cremerías y tortillerías con excepción de los que operan en supermercados, bodegas, mercados públicos y tianguis.
  • Producción de alimentos básicos y perecederos.
  • Industria y su operación logística.
  • Servicios de seguridad públicos y privados.
  • Equipos de auxilio y protección civil.
  • Servicios básicos de energía, agua y telecomunicaciones, públicos y privados.
  • Servicio postal, paquetería y mensajería.
  • Gasolineras y gaseras.
  • Ajustadores de compañías aseguradoras.
  • Servicios de taxis (no plataforma).
  • Restaurantes, únicamente con servicios a domicilio, así como plataformas para este fin.
  • Hoteles, sin actividad en áreas comunes.
  • Servicios funerarios.
  • Mercado de abastos y mercado del mar, solo operación de bodegas de perecederos (no se permite atención al público).
  • Transporte público con restricción de horarios, unidades y sólo para personal esencial (personal de salud, de seguridad pública y privada, farmacias y gasolineras).
  • Aeropuertos y terminales de autobuses con las restricciones respectivas.

Transporte público

NOCHES

  • Se suspende la operación del transporte público de lunes a viernes a partir de las 20:59 horas, reiniciando a las 05:30 horas del día siguiente. 
  • Después de las 21:00 horas únicamente se permitirá la circulaciónde las unidades para bajar a los pasajeros, terminar su recorrido y arribar a sus  zonas de pernocta. 
  • Los servicios de empresas de redes de transporte o plataformas, solo podrán aceptar servicios de lunes a viernes entre las 05:30 y las 19:59 horas.
  • La operación del servicio de taxis podrán operar de manera normal tomando las medidas de limpieza e higiene recomendadas, con una ocupación máxima de tres pasajeros, en viajes sin escalas y con un protocolo de protección y atención a usuarias.

FINES DE SEMANA

* Se suspende operación del transporte público a partir del viernes a las 21:00 horas y hasta las 05:30 horas del lunes siguiente.

* No habrá servicio de transporte público, ni de empresas de redes de transporte y plataformas.

* Se garantiza el servicio de transporte público para los siguientes grupos de usuarios:

  • Personal de todos los servicios hospitalarios y equipos médicos privados o públicos.
  • Personal de farmacias.
  • Servicios de seguridad pública y privada (que porten uniforme).
  • Equipos de auxilio y protección civil.
  • Servicios de equipos de soporte de servicios básicos públicos y privados (energía, agua, telecomunicaciones).
  • Servicio postal.
  • Gasolineras.
  • Servicios funerarios.

* Para abordar deben presentarse con una identificación vigente y del centro de trabajo.

* La operación del servicio de taxis podrán operar de manera normal tomando las medidas de limpieza e higiene recomendadas, y con un protocolo de protección y atención a usuarios.

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