En las modificaciones al Artículo 580 del Código Civil del Estado de Jalisco, que fueron aprobadas por el Poder Legislativo local el pasado jueves, se aclara que no por corregir a un menor de edad a nalgadas o chanclazos el padre o tutor puede ir a la cárcel y perder la custodia. Esto se aplicará sólo si los castigos son severos o innecesarios. El artículo establece que los padres o tutores tienen el derecho, deber y responsabilidad de cuidar, criar y aplicar la corrección disciplinaria de manera prudente y moderada a sus hijos. La Comisión de Asuntos Legislativos propuso ajustar el decreto para que sólo amerite sanción el castigo corporal severo o innecesario como medida correctiva.Las modificaciones a la ley para sancionar con cárcel a los padres o tutores que utilicen el castigo corporal severo o innecesario como correctivo para sus hijos es un “despropósito”, coincidieron especialistas consultados sobre los fines y alcances de la “ley antichanclazos”, aprobada el jueves por el Congreso. Justificaron que el castigo corporal severo o innecesario, de hecho, ya es sancionado por la ley bajo el nombre de maltrato infantil.“Esta serie de modificaciones, me parece que son inútiles, hay tanto que hacer a favor de la infancia, como un presupuesto para la salud, educación, y viene a meter esto que ya está contemplado como delito y con sanciones a los malos tratos”, advirtió Ricardo Fletes Corona, académico de la Universidad de Guadalajara (UdeG).Aclaró que está totalmente de acuerdo en que se sancione a cualquier persona que maltrate a un menor de edad, pero la corrección por una nalgada no se puede considerar así, pues es un asunto más privado el de la educación de los padres hacia los infantes. “Ahí habrá mucha dificultad para probar que el castigo no se lo merecía el hijo o que la cachetada era un exceso”.Alfonso Ibarra, académico de la Universidad del Valle de Atemajac (Univa), coincidió en que son de poca utilidad las reformas. “La ley es un despropósito a todas luces. Ya existen suficientes mecanismos legales de protección a los menores”.Recordó que los padres o tutores tienen la facultad de corrección sobre sus hijos. “Es inclusive bíblico. En todas las culturas y sistemas se ha reconocido este derecho de los padres a la corrección, y es necesario mientras no se llegue a lesiones”.Álvaro Ruvalcaba Ascencio, académico de la UdeG, consideró que la ley sí fue pertinente, pues no se les quita el derecho a los padres a la corrección, pero sí a detenerse ante el maltrato. “La situación actual dice que somos una sociedad muy violenta, los castigos tan severos que cometen padres o padrastros”.Ante esta situación, las reformas ayudan a dejar claro que cualquier castigo severo debe ser sancionado. “Es nuestra obligación educar a los hijos, pero por medio de los ejemplos”.