Sábado, 23 de Noviembre 2024

La CIDH otorga medida cautelar a Guaidó y su familia

El organismo consideró que los derechos a la vida e integridad de Guaidó "se encuentran en una situación de riesgo"

Por: AFP

La Comisión solicitó a Venezuela que informe en un plazo de 15 días de las medidas adoptadas en favor de Guaidó. AP/F. Llano

La Comisión solicitó a Venezuela que informe en un plazo de 15 días de las medidas adoptadas en favor de Guaidó. AP/F. Llano

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó este viernes medidas cautelares al autoproclamado presidente interino de Venezuela, Juan Guaidó, y pidió al Estado que proteja su vida y la de su familia.

"La Comisión solicita al Estado de Venezuela que adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal, y garantice la seguridad del señor Juan Guaidó y de su núcleo familiar", indicó la CIDH en un documento al que tuvo acceso Efe.

La petición de medidas cautelares la realizaron este jueves tres abogados ante la CIDH con el argumento de que Guaidó había sido "objeto de actos de persecución, hostigamiento, agresiones y privación arbitraria de su libertad personal" en el pasado.

En apenas 24 horas, la CIDH decidió que el caso de Guaidó reúne "prima facie los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad" contenidos en su reglamento y que justifican la concesión de las medidas cautelares.

La Comisión consideró que "los derechos a la vida e integridad" de Guaidó "se encuentran en una situación de riesgo" que podría verse "exacerbada" por "la agudización de la crisis política en el Estado de Venezuela".

Además, para la toma de su decisión, la CIDH observó que Guaidó fue detenido durante una hora por agentes de la inteligencia venezolana el pasado 13 de enero, cuando ya era presidente de la Asamblea Nacional (AN, Parlamento).

La Comisión solicitó al Estado de Venezuela que informe en un plazo de 15 días de las medidas adoptadas en favor de Guaidó.

La otorgación de estas medidas cautelares, de acuerdo a la CIDH, "no constituye prejuzgamiento sobre violación alguna a los derechos protegidos" del beneficiario.

JM

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