Jueves, 21 de Noviembre 2024

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Registro Nacional de Población (Renapo)

Por: Luis Jorge Cárdenas Díaz

Registro Nacional de Población (Renapo)

Registro Nacional de Población (Renapo)

El 7 de enero de 1974 se promulgó la nueva Ley General de Población que dio nacimiento al (Renapo), cuya última reforma se publicó el 12 de julio de 2018.

Después de la Segunda Guerra Mundial se empezó a utilizar en Europa la Cédula Personal de Identidad, inicialmente para control de la población y después para el pago de impuestos. Para cualquier trámite se requería la presentación de la CPI. Era motivo de privación de la libertad no portar consigo el documento. En algunos países latinoamericanos -República Dominicana y Panamá- se estableció con carácter obligatorio, lo cual se facilitó porque tenían regímenes dictatoriales. En México, por primera ocasión traté este tema a nivel de tesis profesional, lo cual no fue muy bien aceptado por el jurado que argumentó que no era el momento oportuno -corría el año de 1955- toda vez que en el último censo de población hubo necesidad de enviar al ejército a algunas comunidades rurales porque los campesinos se negaban a proporcionar cualquier información que fuera solicitada por el Gobierno y hasta hubo uno que otro muertito.

La Ley General de Población establece la obligación de llevar registros para controlar la población, sin embargo, no fue sino hasta más de medio siglo después que se instituyó la Clave Única de Registro de Población, mejor conocida como CURP, que es un instrumento que sirve para registrar e identificar de forma individual a todos los habitantes del país, nacionales y extranjeros.

Se espera que esa clave única e irrepetible sustituya las diversas claves que actualmente se asignan para distintos servicios como la licencia de conducir, pasaporte, cartilla del servicio militar, acta de nacimiento, cartilla de vacunación, certificados escolares, cédula profesional federal y estatal, registro federal de contribuyentes, IMSS, ISSSTE, SAR, Credencial para votar del INE , con fotografía a la que se agregarán los datos biométricos, más los registros individuales que se llevan en diversas dependencias oficiales para identificación de trámites.

Hace ya más de veinte años que arrancó la implantación de la CURP y aún no se concluye. Entre los trámites pendientes, está la labor que desarrolla el  Renapo que está creando una base nacional de datos de todos los registros civiles interconectados y el proceso de captura de datos históricos.

Indudablemente que la CURP tiene un sinnúmero de ventajas, tanto para el Gobierno como para los particulares, pero también tiene algunas desventajas que es necesario subsanar, en el entendido de que, lo que para el fisco es ventaja para el contribuyente incumplido es desventaja.

Entre las ventajas podemos citar: se evitará que los contribuyentes paguen sólo por una parte de sus ingresos utilizando varias cuentas bancarias; unas ligadas a la actividades declaradas y otras a las ocultas; esta cuenta única permite que los contribuyentes puedan tener acceso a su cuenta a través de internet, para saber cuál es el estado que guardan sus contribuciones; el amarre del sistema incluirá medidas de seguridad para proteger el nombre del cliente y evitar que esta información sea utilizada por personas extrañas con fines delictivos y, por último, la simplificación que representa contar con una sola credencial para toda clase de trámites.

luisjcardenas2@hotmail.com

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