Las campañas electorales de este 2021 cumplen recién una semana. Las propuestas de los candidatos se pierden entre la multiplicidad de discursos (¡son 13 partidos políticos!, sin contar candidatos independientes) y particularmente, por la falta de eco que en los equipos de campaña tienen las necesidades actuales de la población.Pero como era de esperarse, la confrontación gana terreno. Un tema que seguramente tomará preponderancia es la doble impugnación a la candidatura de Pablo Lemus Navarro, el candidato de Movimiento Ciudadano (MC) a la presidencia municipal de Guadalajara. Un apunte importante: es el alcalde con licencia de Zapopan.¿Se trata de un abuso, de una ilegalidad, por parte de MC y Lemus Navarro? En Zapopan ganó la elección en 2015. Tres años después, en 2018, se presentó para la reelección y ganó nuevamente. Cierto: está bien calificado por la población zapopana. Las cifras son claras.¿Pero puede presentarse ahora para ser candidato a Guadalajara? El tema no es nuevo, ni en el proceso electoral ni en este espacio, Palestra 20. Sin embargo hay un par de elementos jurídicos que obligan a analizar una de las elecciones municipales más importantes de Jalisco: la impugnación presentada por Morena y por el candidato del partido Fuerza por México al mismo cargo, Gustavo Flores.Ya he tenido oportunidad de cuestionar al mismo Lemus Navarro sobre el particular. Su respuesta es que hay antecedentes jurídicos que sostienen su aspiración, puesto que un caso similar se presentó en el Estado de Yucatán y los tribunales lo aprobaron. A eso se atiene.Sin embargo, en términos legales la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación deberá argumentar y resolver convenientemente.El argumento del candidato Gustavo Flores, como se abordó con anterioridad, apunta que Pablo Lemus pretende engañar a los habitantes de Guadalajara, pues de permitirse su candidatura, estaría estableciéndose un precedente para que cualquier persona pueda reelegirse permanentemente con sólo cambiar en cada ocasión el municipio en el que participe. Esto contraviene la Constitución del país.Mientras tanto, en Morena invocan el 115 constitucional (el famoso artículo que establece las virtudes, facultades y obligaciones de los municipios, pero que tan poco se respeta y cumple en un país tan centralista como lo es México), para señalar que el candidato de MC a la alcaldía tapatía violenta la autonomía municipal.Adicionalmente, habría que apuntar que entre los constitucionalistas se discute la diferencia entre la “vecindad” y la “domicialización”, pues con sólo tener una propiedad en un municipio determinado, se puede presumir tener intereses fundados en éste, pero ser “vecino” significa residir en éste.La batalla jurídica recién comienza. La impugnación de Morena se presentó en la Sala Regional del Tribunal que tiene su sede en Guadalajara, a unos metros de la Glorieta de La Minerva. Seguramente acabará en la Ciudad de México, en la Sala Superior.Mientras tanto, la campaña del candidato naranja deberá seguir adelante con esa suerte de incertidumbre encima.No se trata de cualquier candidato: está en juego la capital del Jalisco y el proyecto completo del alfarismo. Si no, que le pregunten a Ismael del Toro Castro, hoy en la sombra.jonasn80@gmail.com / @jonasJAL