Otra de las promesas de campaña del Presidente AMLO no cumplidas, que no habría aumento de impuestos, pero no nos dijo por cuanto tiempo.En su primer año de Gobierno no hubo impuestos nuevos ni aumento a los existentes, pero sí algunos ajustes que se tradujeron en incremento de la recaudación con cargo a los contribuyentes; como la supresión de la compensación universal, que consistió en evitar que saldos a favor de ISR se compensaran con saldos a cargo de otros impuestos, de tal manera que solo se podía compensar saldos a favor de IVA con saldos a cargo del mismo impuesto y así con los demás gravámenes, ISR y IEPS. Además, se endurecieron los trámites para obtener la devolución de saldos a favor, por lo que se obligó a los contribuyentes a entablar recursos de revocación contra la negativa de devoluciones, la cual se interpone ante la Administración Jurídica del SAT, de tal manera que siendo juez y parte las resoluciones a favor del contribuyentes son escasas, por lo que quedaba el recurso de acudir al Tribunal Federal de Justicia Administrativa por la vía de demanda de nulidad, en donde se determina la existencia real del saldo a favor y se dictamina en la mayoría de los casos a favor del contribuyente cuando tiene la razón, a lo cual se opone el SAT interponiendo un recurso por lo cual se tiene que acudir al poder judicial para interponer un amparo y es hasta entonces, que se obtiene la devolución después de varios años de litigio con el consiguiente costo de abogados e intereses financieros para no descapitalizar a la empresa mientras se resuelve el juicio.Para el 2020 se modifican las leyes para eliminar definitivamente la compensación universal, pero además, se aumentan considerablemente las tasas del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), a los cigarrillos, a los productos con exceso de calorías y, una novedad, se gravan las operaciones que utilizan plataformas digitales, como servicios de transportación en automóvil, de entrega a domicilio de alimentos, alquiler de habitaciones, transmisión de videos de paga, películas, series, música y otros.Hay conceptos novedosos como la norma general anti abuso, los terceros colaboradores y los esquemas reportables.La norma general anti abuso se refiere a la existencia de razón de negocios en todas las compras y gastos. Los terceros colaboradores tienen el objetivo de obtener colaboración adicional que permita identificar a presuntos emisores de comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes, la identidad del tercero colaborador fiscal tendrá el carácter de reservada y se remunerará con un porcentaje de lo recaudado. En cuanto a los esquemas reportables, tienen por objeto incrementar la transparencia sobre los esquemas de planeación fiscal agresivos o abusivos, identificar a promotores y usuarios de un esquema y desincentivar su uso. Al efecto se establece la obligación del asesor fiscal y de los empleados del contribuyente considerados como asesores fiscales.Las reformas configuran un marco legal coercitivo y confiscatorio que incrementa la percepción de riesgo del contribuyente. Se incrementarán los actos de fiscalización administrativa con efectos penales, además, para deducir un gasto, se tiene que demostrar que hay razón de negocios porque la empresa obtiene un beneficio que se traducirá en mejores utilidades que causan aumento en el pago de impuestos.