La pena de muerte estuvo presente, durante siglos, en la legislación penal de casi todos los países del mundo. Los métodos para su aplicación han sido diversos: la lapidación, la crucifixión, la horca, la guillotina, el fusilamiento, la cámara de gas, la inyección letal… Y aunque algunas legislaciones la suprimieron en el Siglo XIX, la corriente abolicionista sólo cobró fuerza ya bastante avanzado el Siglo XX. Alemania la eliminó de su legislación en 1949; Inglaterra, en 1969; Estados Unidos, en 1972, aunque varios estados la mantuvieron vigente y la aplican hasta la fecha.-II-En México, el Artículo 22 de la Constitución prohibía “las penas de mutilación y de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie (…) y cualesquiera otra penas inusitadas y trascendentales”; reservaba la pena de muerte “al traidor a la patria en guerra extranjera, al parricida, al homicida con alevosía, premeditación o ventaja, al incendiario, al plagiario, al salteador de caminos, al pirata y a los reos de delitos graves del orden militar”. Abolida en la práctica, finalmente fue suprimida del texto legal el 9 de diciembre de 2005.-III-Los juristas modernos concuerdan en que “en México nadie debe tener derecho a matar; ni el Estado mismo” (Francisco González de la Vega); “La pena de muerte es, en México, radicalmente injusta e inmoral, pues el contingente de delincuentes amenazados con ella se compone de hombres humildes del pueblo; se aplicaría, por tanto, a (…) victimas del abandono (…) por parte del Estado; víctimas de la incultura, de la desigualdad económica, de la deformación moral de los hogares en donde se han desarrollado (…), siendo los culpables no ellos, sino el Estado y la sociedad que (…) los suprime lisa y llanamente por medio de la pena de muerte” (Raúl Carrancá y Trujillo); “No puede ser lícita cuando (…) no se aplica por igual al débil que al poderoso, o mejor dicho, nunca se impone a éste, entrañando por lo tanto una manifiesta injusticia; tampoco resulta útil si (…), lejos de contribuir a la disminución de la delincuencia, ésta crece en los países en donde (…) tiene mayor aplicación” (Fernando Castellanos Tena).Y ahora, considerando que “los presuntos asesinos de Fátima solicitaron a las autoridades (…) vigilancia especial, porque han recibido amenazas de que ‘tarde o temprano’ les harán lo mismo que ellos le hicieron a la niña” (“El Universal”, II-24-20), se impone seguir, mañana, con el tema.