Martes, 22 de Abril 2025

Corte exhorta a autores de '+57' a no hacer canciones que afecten derechos de menores

Karol G, J Balvin, Maluma y Feid, fueron algunos de los autores de la canción que causó polémica por hacer apología de la sexualización de menores

Por: EFE

Los demandantes buscaban obtener la protección de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes. Spotify y Canva

Los demandantes buscaban obtener la protección de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes. Spotify y Canva

Este martes, el Consejo de Estado, máximo tribunal de lo contencioso administrativo de Colombia, exhortó a los autores de la canción “+57” a que "eviten difundir o publicar composiciones musicales, que transgredan los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes".

La controversia llegó con la publicación de una reseña de la revista Rolling Stone en Español, que alertó que “el aspecto más preocupante de la canción '+57' es su letra". La canción fue publicada en noviembre pasado y causó polémica por versos que hacen apología de la sexualización de menores, así como críticas a los artistas porque desconocen la realidad de Medellín, de donde son oriundos, y donde hay cifras de explotación sexual infantil muy altas.

"El tema musical '+57' (...) de cuya letra se desprende, a su parecer, una serie de 'tratos, peyorativos, denigrantes, crueles e inhumanos en contra de los niños, niñas y adolescentes de todo el territorio nacional, fomentando con esto la violencia de género, la sexualización de menores de edad y más si se analiza el entorno social donde se realizó el lanzamiento de la canción'", señaló el Consejo de Estado al citar el argumento de los demandantes.

Con ello, los artistas Karol G, J Balvin, Maluma, Blessd, Ryan Castro, Feid, Ovy on the Drums, DFZM y Keityn, autores de la canción, fueron exhortados a no hacer canciones que transgredan los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes.

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La decisión se tomó al fallar una acción de tutela (recurso de amparo) interpuesta por los ciudadanos Ramit Osorio Peña y Daniel Eduardo De Castro Marriaga.

Con este recurso, los demandantes buscaban "obtener la protección de los derechos fundamentales a la dignidad humana, al trato digno, los derechos superiores de los menores y libre desarrollo de la personalidad" de los niños, niñas y adolescentes que, consideran, fueron vulnerados por los artistas con la publicación de la canción.

Si bien el Consejo de Estado exhortó a que no hagan canciones que trasgredan los derechos de los menores, el alto tribunal negó "el amparo de los derechos fundamentales invocados" por los demandantes, que solicitaba que los cantantes pidieran disculpas públicas por los “daños causados”, que se retirara el contenido audiovisual de las plataformas digitales y que se comprometieran a generar “contenido que contribuya con los valores y los presupuestos fracturados”, debido a que la letra ya había sido modificada. 

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EA
 

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