Viernes, 06 de Diciembre 2024

SAT: Tienes derecho de renovar tu e.firma y estos son los requisitos

Una vez que el certificado de la e.firma vence, el SAT no tiene la autoridad para negar su renovación

Por: Brenda Barragán

El objetivo es garantizar que los contribuyentes puedan cumplir con sus responsabilidades fiscales sin obstáculos innecesarios, protegiendo así sus derechos fundamentales en el ámbito legal y fiscal. SAT

El objetivo es garantizar que los contribuyentes puedan cumplir con sus responsabilidades fiscales sin obstáculos innecesarios, protegiendo así sus derechos fundamentales en el ámbito legal y fiscal. SAT

Obtener o renovar la e.firma (firma electrónica) implica un proceso de validación de diversos datos por parte del SAT, pero este procedimiento no debe exceder los requisitos básicos establecidos por la ley. Negarse a renovar la e.firma podría vulnerar derechos fundamentales, según el criterio de la Prodecon (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente).

¿Qué implica la validación de la “situación fiscal”?

El SAT valida la información relacionada con la identidad, el domicilio y, en algunos casos, la situación fiscal del solicitante de la e.firma. Este proceso se basa en lo dispuesto por el Artículo 17-D del Código Fiscal de la Federación (CFF), que autoriza a la autoridad fiscal a determinar qué documentos y procedimientos son necesarios para validar esta información.

LEE: 3 estrategias que te sacarán del buró de crédito

De acuerdo con Fiscalía, la validación de la “situación fiscal” debería restringirse a los datos esenciales para la inscripción al RFC, tal como lo señala el Artículo 27 del CFF, que incluye la identidad, el domicilio y las actividades económicas o las obligaciones fiscales del solicitante. Esta validación no debe extenderse a otros procedimientos más específicos, como los descritos en los artículos 17-H, 17-H Bis, 69-B y 69-B Bis, que tratan aspectos más complejos de la situación fiscal.

La renovación de la e.firma: ¿qué sucede si pierdes su vigencia?

Una vez que el certificado de la e.firma vence, el SAT no tiene la autoridad para negar su renovación. Negar la renovación del certificado vulneraría los derechos de aquellos contribuyentes que han cumplido con los requisitos necesarios para obtener la firma electrónica en primer lugar.

Negarse a renovar la e.firma puede:

  • Restringir el acceso a cumplir con las obligaciones fiscales.
  • Impedir la corrección de la situación fiscal del contribuyente.
  • Obstaculizar el derecho a la defensa legal, como la posibilidad de presentar un recurso de revocación.

De acuerdo con Fiscalía, estos actos irían en contra de los derechos humanos establecidos en la Constitución, como el derecho a la legalidad y la certeza jurídica, así como del principio de tipicidad.

Protección legal para los contribuyentes

Este criterio se encuentra respaldado por el Criterio Sustantivo 29/2020/CTN/CS-SASEN de la Prodecon, que subraya que el proceso de renovación de la e.firma no debe ser más restrictivo que el procedimiento original para obtenerla.

El objetivo es garantizar que los contribuyentes puedan cumplir con sus responsabilidades fiscales sin obstáculos innecesarios, protegiendo así sus derechos fundamentales en el ámbito legal y fiscal.

LEE: México, el país que más aplica el IEPS con diversas tasas a las bebidas alcohólicas

BB

Temas

Lee También

Recibe las últimas noticias en tu e-mail

Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día

Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones