Sábado, 23 de Noviembre 2024
Economía | Trabajo

¿Es legal que te cobren el uniforme de trabajo?

La Ley Federal del Trabajo (LFT) es la normatividad que regula las condiciones de la actividad laboral en México y expone de manera puntual las obligaciones del patrón y del empleado

Por: Óscar Ernesto Álvarez Gutiérrez

Muchos trabajadores requieren, para el desempeño de sus funciones, portar un uniforme y herramientas específicas, pero en algunas ocasiones estas prendas y utensilios son cobrados a los empleados de su salario. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Muchos trabajadores requieren, para el desempeño de sus funciones, portar un uniforme y herramientas específicas, pero en algunas ocasiones estas prendas y utensilios son cobrados a los empleados de su salario. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Muchos trabajadores y trabajadoras de México requieren, para el desempeño de sus funciones, portar un uniforme y herramientas específicas, pero en algunas ocasiones estas prendas y utensilios son cobrados a los empleados de su salario, lo que despierta la curiosidad y el cuestionamiento acerca de si esta práctica es legal.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) es la normatividad que regula las condiciones de la actividad laboral en México y expone de manera puntual las obligaciones del patrón y del empleado, así como otras disposiciones.

El Artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo establece las obligaciones patronales, entre las que destaca que son precisamente ellos quienes tienen la obligación de proporcionar todo lo que el trabajador requiere para realizar su labor. Textualmente, la legislación señala:

Son obligaciones de los patrones:

Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo, debiendo darlos de buena calidad, en buen estado y reponerlos tan luego como dejen de ser eficientes, siempre que aquellos no se hayan comprometido a usar herramienta propia. El patrón no podrá exigir indemnización alguna por el desgaste natural que sufran los útiles, instrumentos y materiales de trabajo.

Por lo que, efectivamente, el patrón no puede cobrar el uniforme a un empleado. De ser necesario que porte las prendas, es él quien debe ofrecer de manera gratuita la vestimenta al empleado.

OA

Temas

Lee También

Recibe las últimas noticias en tu e-mail

Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día

Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones