Al momento del fallecimiento de una persona, es necesario que sus familiares realicen una serie de trámites administrativos, por ejemplo, la solicitud del acta de defunción. A este se le suman otros de importancia, como dar de baja la Clave Única de Registro de Población (CURP) y, en los casos necesarios, solicitar la pensión de viudez ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).Para tener las "cuentas claras" es necesario realizar también un trámite con Servicio de Administración Tributaria (SAT), el organismo que se encarga de que todos los contribuyentes de México cumplan con sus obligaciones fiscales.Se trata de la baja definitiva del Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Solo mediante este procedimiento se podrá notificar a la autoridad que la persona física ya no existe.El trámite de la baja del RFC de la persona fallecida es completamente gratuito y debe realizarse dentro del mes siguiente al deceso, según las especificaciones del Servicio.Un familiar cercano o un tercer interesado debe acudir a alguna de las oficinas del SAT presentando la siguiente documentación:En tu cita deberán regresarte el formato RX sellado para garantizar que fue recibido y la situación fiscal fue actualizada.No dar de baja el RFC de una persona fallecida no causa mayores inconvenientes mientras los bienes que haya dejado no sean muy valiosos.De este modo, la situación se agrava si el fallecido dejó muchos bienes. Por otro lado, de existir un testamento y no dar de baja el RFC, la persona albacea puede heredar deudas y penalizaciones del SAT por no notificar el deceso.Las multas van de los 4 mil 500 a los 9 mil pesos.Para localizar el módulo en el que debes ejecutar el trámite puedes acceder al siguiente enlace.MBMantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp