
SAT: Qué necesitas para que pase tu declaración anual y cómo saber si fue aceptada
Presentar la declaración anual puede parecer complejo, pero con la información correcta, el proceso se vuelve más sencillo

Si no recibiste la devolución (total o parcial), el primer paso es ingresar al portal del SAT para identificar si hay inconsistencias. Para acceder necesitas tu RFC y Contraseña; si decides presentar una solicitud vía FED, también necesitarás tu e.firma. SAT
En plena temporada de declaraciones fiscales, una de las principales inquietudes entre los contribuyentes es conocer si su declaración anual ya fue procesada y aprobada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), especialmente aquellos que esperan recibir una devolución automática por saldo a favor.
¿Cómo puedo verificar el estatus de mi devolución?
Tienes dos formas principales para consultar si tu devolución fue autorizada o rechazada:
- Buzón Tributario:
Es el medio de contacto directo con el SAT, donde se notifican las resoluciones sobre devoluciones. Es esencial que mantengas este canal activo y con tus datos de contacto actualizados.
- Portal del SAT:
Accede al sitio oficial (www.sat.gob.mx), cierra el recuadro emergente de la declaración anual y selecciona “Continuar al sitio”. Luego sigue esta ruta:
- Trámites y servicios > Declaraciones para personas
- Devoluciones y compensaciones > Estado de tu devolución
- Una vez ahí, autentícate con tu RFC y Contraseña o e.firma.
LEE: SAT 2025: estos son los casos donde no aplica la devolución automática
¿Cuándo se considera aceptada la declaración?
El SAT da por recibida y aceptada tu declaración una vez que se emite un acuse de recibo. Si presentas saldo a favor, recibirás también una notificación indicando si fue autorizado total o parcialmente, o bien, si fue rechazado.
¿Qué es la devolución automática y cómo se obtiene?
La devolución automática es un mecanismo que permite recuperar un saldo a favor sin necesidad de presentar trámites adicionales, siempre y cuando la declaración se haya presentado antes del 31 de julio de 2025. Para acceder a este beneficio, se deben cumplir ciertos requisitos:
- Saldo a favor menor o igual a 10 mil pesos: basta con usar tu Contraseña.
- Entre 10 mil un pesosy 150 mil pesos: es necesario que la cuenta CLABE precargada esté correcta.
- Si el monto es superior a 10 mil pesos y deseas capturar una CLABE distinta: se requiere el uso de la e.firma.
En todos los escenarios, es obligatorio que la cuenta CLABE esté a tu nombre, esté activa y que al presentar la declaración hayas seleccionado la opción “Devolución”.
¿Cuándo no es posible acceder a la devolución automática?
Hay situaciones específicas que excluyen la posibilidad de una devolución automática. Entre ellas:
- Si el monto a devolver es mayor a 150 mil pesos.
- Cuando se obtuvieron ingresos en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
- Si el RFC estuvo suspendido durante todo el ejercicio fiscal.
- Cuando el contribuyente no está localizado en su domicilio fiscal, salvo en casos de ingresos exclusivamente por salarios.
- Si la solicitud corresponde a ejercicios anteriores a 2024.
- Cuando se utilizó la Contraseña y era obligatorio presentar con e.firma.
- Si ya se presentó un Formato Electrónico de Devolución (FED) antes de conocer el resultado de la declaración.
- Cuando no se seleccionó la opción “Devolución”.
- Si la declaración fue presentada después del 31 de julio de 2025.
En caso de estar en la lista de contribuyentes incumplidos o tener certificados digitales revocados.
¿Qué hacer si no me depositaron la devolución del SAT?
Si no recibiste la devolución (total o parcial), el primer paso es ingresar al portal del SAT para identificar si hay inconsistencias. Para acceder necesitas tu RFC y Contraseña; si decides presentar una solicitud vía FED, también necesitarás tu e.firma.
Cuando la devolución es parcial, generalmente se debe a discrepancias entre los datos de tus deducciones y los comprobantes emitidos por terceros (como tus retenedores). En ese caso, puedes solicitar el resto del saldo desde el mismo portal.
LEE: SAT 2025: ¿Qué requisitos debe tener el estado de cuenta bancario para solicitar una devolución?
¿Qué gastos puedo incluir como deducciones personales en 2024?
A continuación, algunos conceptos que puedes deducir al presentar tu declaración:
- Gastos médicos: honorarios médicos, dentales, hospitalarios, de psicología o nutrición, prótesis, análisis clínicos, lentes graduados (hasta $2,500 por persona), entre otros. Deben pagarse con medios electrónicos y contar con el CFDI con uso adecuado.
- Gastos funerarios: hasta el valor anual de la UMA ($39,606.36), siempre que correspondan a familiares en línea recta y hayan sido utilizados en 2024.
- Donativos: únicamente si fueron dirigidos a donatarias autorizadas o a la Federación, con un límite del 7% de tus ingresos acumulables o 4% si fueron al gobierno federal.
- Colegiaturas: en instituciones privadas con reconocimiento oficial. Límite deducible según el nivel educativo:
Preescolar: 14 mil 200 pesos
Primaria: 12 mil 900 pesos
Bachillerato: 24 mil 500 pesos
- No son deducibles las inscripciones, becas ni actividades extracurriculares.
- Aportaciones complementarias para el retiro: puedes deducir hasta el 10% de tus ingresos anuales o cinco UMAs anuales (hasta 198 mil 032.00).
- Primas de seguros de gastos médicos: siempre que sean para ti, tu cónyuge o descendientes en línea recta, y correspondan exclusivamente a ese tipo de seguro.
- Transporte escolar obligatorio: aplicable solo si es una condición de la escuela y el cobro se factura por separado.
- Intereses reales de créditos hipotecarios: deducibles si el crédito no excede los 6 millones 255 mil 682.00 pesos y fue otorgado por entidades financieras, INFONAVIT o FOVISSSTE.
- Cuentas especiales de ahorro: el límite deducible es de hasta 152 mil pesos, si se destinan a planes personales de retiro y cumplen con los requisitos de permanencia.
¿Existe un límite general para las deducciones personales?
Sí. El total de deducciones personales no debe superar el monto que resulte menor entre:
- El 15% de tus ingresos anuales totales, o cinco veces la UMA anual (198 mil 032.00 pesos)
- Quedan exentas de este límite: gastos por discapacidad, aportaciones voluntarias a fondos de retiro, cuentas especiales de ahorro y colegiaturas.
Recomendaciones importantes al deducir gastos
- Asegúrate de que el CFDI tenga el uso correcto y que el pago se haya hecho con tarjeta, transferencia o cheque.
- No incluyas gastos de ejercicios anteriores ni facturas sin validez fiscal.
- Evita errores comunes como incluir medicamentos adquiridos en farmacias si no hay receta o deducir sin contar con el CFDI correspondiente.
Presentar la declaración anual puede parecer complejo, pero con la información correcta, el proceso se vuelve más sencillo. Confirmar que fue aceptada, conocer el estado de tu devolución y evitar errores en tus deducciones puede marcar la diferencia entre una experiencia fluida y una llena de complicaciones.
Con información del SAT
BB
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