Las personas físicas realizarán su declaración de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal de 2022 durante este mes de abril ante el SAT. La medida, además de funcionar para los trabajadores formales, también aplica para ciertos pensionados; conoce en qué casos aplica.No todas las personas físicas están obligadas a hacer la declaración de impuestos; sin embargo, a partir de cierta cantidad de ingresos es que éstas tienen la responsabilidad de declarar.En el caso de los pensionados es lo mismo, pues es mediante la cantidad de dinero que reciben de pensión como se define si presentan declaración o no durante abril.Tanto el IMSS como el ISSSTE señalan que las personas pensionadas están excentas de declarar impuestos, siempre y cuando el monto mensual de su pensión no supere los 43 mil 299 pesos.Esto quiere decir que, si recibes una pensión menor a esta cantidad al mes no tendrás que declarar impuestos, según estipula el SAT, quien señala que “dicha exención se aplica sobre la totalidad de los ingresos, independientemente de que sean pagados por dos o más patrones”.El SAT explica que, en este caso, el ISR aplica de manera distinta que en las personas físicas no pensionadas ni jubiladas, ya que “se cubre únicamente por el monto que exceda a lo permitido. Por ejemplo, si se recibe un ingreso por estos conceptos de 50 mil pesos al mes, de principio está exento por 43 mil 299 pesos al mes; solo se pagará el ISR por seis mil 701 pesos.”Además, la dependencia señala que las personas pensionadas que deben declarar impuestos también tienen derecho a realizar deducciones personales.JM