El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha anunciado las fechas correspondientes al segundo período general de vacaciones para el año 2024. Según lo establecido en la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, este período abarcará del 23 al 31 de diciembre de 2024.Sin embargo, es importante destacar que, a pesar de las vacaciones, no se suspenderán los servicios de atención presencial en las oficinas y módulos del SAT distribuidos en todo el país. Esto significa que aquellos contribuyentes con citas programadas podrán acudir con normalidad para realizar sus trámites sin interrupciones.Las 55 oficinas desconcentradas y los módulos de servicios continuarán operando en sus horarios habituales:El SAT asegura que la atención presencial seguirá disponible para atender trámites esenciales como asesorías fiscales, presentación de documentos, aclaraciones, y emisión de certificados o constancias.En caso de que los contribuyentes no puedan asistir presencialmente o prefieran realizar sus trámites a distancia, el SAT pone a disposición diversas herramientas digitales y servicios electrónicos a través de su portal oficial y aplicaciones. Entre los trámites más comunes que se pueden gestionar de manera remota se encuentran:El portal también ofrece opciones para consultar adeudos fiscales, descargar facturas electrónicas, realizar declaraciones y solicitar devoluciones.Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp. AO