Parece que existen dos verdades absolutas que rigen la vida de las personas: todos moriremos y todos debemos pagar impuestos. De estos dos sucesos incuestionables parece que nadie se escapa y hasta los servicios más extraños, que no te imaginarías siquiera, también deben reportar su actividad a la autoridad fiscal en México, el Servicio de Administración Tributaria (SAT).A través de una herramienta que tiene el SAT, conocida como "Catálogo de productos y servicios", un contribuyente puede identificar la clave del producto o servicio que desea facturar; por lo que, en esencia, si la actividad es descrita ahí, para el fisco tiene obligación tributaria.Es así como se puede conocer que servicios como los que prestan los brujos, hechiceros, curanderos, chamanes y cualquier trabajo "holístico" debe reportar su actividad, según el mismo SAT informó a la hora de ampliar su catálogo para que estas profesiones emitan facturas en meses pasados.Por lo tanto, las personas que realizan este tipo de servicios deberán tener su alta en el SAT y declarar los ingresos que reciben para pagar los impuestos correspondientes como cualquier otro prestador de servicio, incluido el ISR y el IVA.Estos servicios se encuentran en la división Servicios de Salud, en el grupo de Medicina Alternativa y Holística, en las clases: Curanderos, Práctica Homeopática y Tratamientos Herbales del mencionado catálogo del SAT.Lo más recomendable es regularizar tu situación y cumplir con tus obligaciones fiscales. Entra en contacto con un especialista que te oriente.* * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de Whatsapp * * *OA