Lunes, 31 de Marzo 2025

SAT: Este es el trámite que tiene como fecha límite el 31 de marzo

Cumplir con las obligaciones fiscales en tiempo y forma no solo evita sanciones, sino que también contribuye al fortalecimiento del sistema tributario y al desarrollo económico del país

Por: El Informador

La omisión de esta obligación puede resultar en auditorías fiscales y sanciones adicionales. ESPECIAL / Canva

La omisión de esta obligación puede resultar en auditorías fiscales y sanciones adicionales. ESPECIAL / Canva

De acuerdo con información publicada en la cuenta oficial de X del Servicio de Administración Tributaria (SAT), la obligación de presentar la Declaración Anual antes del 31 de marzo recae principalmente en las personas morales, es decir, en las empresas y sociedades constituidas legalmente en México. 

Estas entidades deben informar al SAT sobre sus ingresos, deducciones, créditos y demás aspectos fiscales del año anterior.

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El comunicado especifica que las empresas deberán presentar su Declaración Anual del 1 al 31 de marzo,  tal declaración contará con precarga de información en los siguientes rubros:

  • Ingresos; devoluciones, descuentos y bonificaciones; retenciones efectivamente pagadas; nóminas; y remanentes de declaraciones de ejercicios ya pagados.
     

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Para poder realizar la declaración a través de la página oficial del SAT, es necesario contar  y estar al corriente con:

  • e.firma
  • Declaraciones de pagos provisionales. 
  • Retenciones de pagos realizados por arrendamiento y honorarios. 
  • RESICO de personas físicas, sueldos, salarios, asimilados y dividendos.

Asimismo, las empresas deberán tener servicio de banca electrónica, pues de obtener saldo a cargo, solo podrán liquidarlo mediante transferencia electrónica. 

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¿Cuál es el procedimiento para la presentación?

  • Ingresar al portal del SAT.
  • Acceder con RFC y e.firma o contraseña.
  • Llenar cuidadosamente los formularios electrónicos con la información correspondiente.
  • Firmar y enviar la declaración antes de las 23:59 horas del 31 de marzo.

El incumplimiento en la presentación de la Declaración Anual puede derivar en multas económicas que oscilan entre mil 810 y 44 mil 790 pesos, dependiendo del tiempo de retraso y el monto de los impuestos adeudados. 

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AO

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