
¿Cómo hacer tu declaración anual 2024?
El Servicio de Administración Tributaria recordó a los contribuyentes que el periodo para presentar dicho trámite es del 1 al 30 de abril

El SAT pone a su disposición nuevas modalidades para evitar filas y largas esperas. EL INFORMADOR/ Archivo
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer las actualizaciones y mejoras implementadas para presentar la Declaración Anual de personas correspondiente al ejercicio fiscal 2024.
La autoridad recordó a los contribuyentes que el periodo para presentar dicha Declaración Anual es del 1 al 30 de abril. Y a fin de facilitar el cumplimiento de esta obligación fiscal, se optimizaron los formularios correspondientes a los siguientes apartados:
Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Se cuenta con información precargada de pagos mensuales en los apartados de ingresos, devoluciones, descuentos y bonificaciones, impuesto sobre la renta (ISR) retenido por personas morales y pagos mensuales efectuados durante el ejercicio.
Para quienes regresaron a tributar al RESICO, del Régimen de Actividad Empresarial y Servicios Profesionales y Arrendamiento, se creó un campo para acreditar los pagos que hayan realizado bajo el régimen correspondiente.
Para los ingresos por el Régimen de Arrendamiento se incluyó un campo para acreditar el ISR retenido por Fideicomisos de Inversión en Bienes Raíces (FIBRAS).
En los datos de nómina se incorporó un apartado para detallar, por régimen, el monto de los sueldos, salarios y asimilados deducibles, así como la participación de los trabajadores en las utilidades.
En la sección “Pago” se optimizó el campo “Monto pagado con anterioridad”. Ahora se muestra precargado el monto de la primera parcialidad, aunque adicionalmente se pueden registrar las parcialidades subsecuentes en el mismo campo, señalando la línea de captura, el monto pagado y la fecha del mismo.

Sueldos y salarios
- Si trabajaron para un solo empleador y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre.
- Si obtuvieron ingresos distintos de salarios.
- Si trabajaron para dos o más empleadores de manera simultánea.
- Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
- Si además obtuvieron ingresos por indemnización.
- Si los ingresos por jubilación o pensiones exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
- Si la totalidad de ingresos anuales por este concepto excede los 400 mil pesos.
La Declaración Anual 2024 es obligatoria. Quienes tengan un saldo a pagar, esto les interesa:
Para los contribuyentes que, tras presentar su Declaración Anual, se determine un impuesto a pagar, tendrán la opción de hacerlo hasta en seis parcialidades, siempre y cuando realicen la declaración en tiempo y forma dentro del plazo legal establecido (abril de 2025) y el pago de la primera parcialidad se haga dentro de dicho periodo.
CT
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